La relación laboral del personal
operativo de la Policía Nacional
Civil, PNC, y su efecto
en la seguridad ciudadana
de El Salvador* Domitila Rosario Piche Osorio**
LA SEGURIDAD CIUDADANA ES UNA PRIORIDAD DE DESARROLLO EN EL SALVADOR, DESDE UNA PERSPECTIVA TRASVERSAL DE PREVENCIÓN Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL ENTRE LA FUERZA DE LA SEGURIDAD PUBLICA y LA FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA, EL ÓRGANO JUDICIAL, LA DIRECCIÓN DE CENTROS PENALES, LA INTERVENCIÓN SOCIAL DESDE EL AMBITO DE LA PSIQUIÁTRIA (SOCIÓPATA SOCIAL), Y LA PREVENCIÓN SITUACIONAL DEL DELITO.
PALABRAS CLAVES: ADMINISTRACIÓN PÚBLICA; SEGURIDAD DE LOS SERES HUMANOS; EL SALVADOR
KEY WORDS: PUBLICA ADMINISTRATION; HUMAN SECURITY; EL SALVADOR
Introducción
** Máster en Derechos Humanos y Edu-cación para la Paz, Universidad de El
El presente estudio tiene co-mo objetivo observar la fortaleza y debilidad de la Policía Nacional Civil, PNC, y contribuir a fortalecer el ser-vicio de la seguridad ciudadana, el
cual es uno de los principales temas de discusión que enfrenta El Salva-dor para mejorar la calidad de vida de los habitantes, para ello busca fortalecer la gobernabilidad y aumen-tar la calidad de la democracia. El aumento sostenido de la violencia y
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Salvador. Licenciada en Ciencias Jurí-dicas, Universidad Manuel Luis Esca-milla. Abogada y Analista Política. Asignada a la Subdirección de Admi-nistración y Finanzas de la Policía Na-cional Civil, PNC, de El Salvador.
Correo electrónico:
rosariopiche@yahoo.com
Recbido: 31 de marzo del 2014.
Aceptado: 5 de noviembre del 2014.
la criminalidad en las últimas déca-das pone de relieve la necesidad de avanzar en políticas públicas efica-ces que enfrenten los problemas socioeconómicos, que marca como los principales factores de riesgo para el ingreso de niños y adoles-centes a la carrera criminal, siendo necesario la implementación de polí-ticas que disminuyan el consumo de drogas, alcohol, pornografía, pelícu-las y videojuegos con contenido violentos, la deserción escolar, el uso indiscriminado de violencia coti-diana; pero también iniciativas que disminuyan las profundas divisiones económicas y sociales, que buscan seguridad.
Es cada vez más reconocido que las instituciones del sistema penitenciario juegan un rol clave para enfrentar de forma eficiente la problemática. En especial el rol de las instituciones de la fuerza de la seguridad pública (PNC, seguridad municipal, fuerza armada) se con-vierte en clave para la determinación de las desconfianzas ciudadanas, la percepción de impunidad e inseguri-dad y por ende la posible consolida-ción de un paradigma integral sobre la criminalidad. Además, la necesi-dad de un rol cada vez más activo y legitimado por parte de las institucio-nes gubernamentales responsables de las políticas de seguridad, no solo para limitar los posibles abusos del uso de la fuerza, sino también para profesionalizar y tecnificar el diseño de las políticas de seguridad ciuda-dana en el país.
El presente documento busca identificar los principales desafíos en la organización institucional de la seguridad ciudadana, incluyendo la creciente industria de seguridad privada, que se ha transformado en un actor fuerte, la carencia de políti-cas de Convivencia y Seguridad Ciudadana con carácter de políticas de Estado más que de gobierno.
Memoria histórica
de la Policía Nacional Civil
de El Salvador
Dado el impacto político que tiene el fenómeno de la seguridad, el funcionamiento de la policía es un asunto clave en la agenda pública.
En términos de la estructura la PNC, constitucionalmente es un cuerpo único, centralizado, jerarqui-zado, los últimos cambios han so-brecargado de funciones y tareas administrativas, ha dificultado la comunicación entre los mandos y la base, la ha hecho muy burocratiza-da e ineficiente.
La población tiene una per-cepción negativa de la policía sobre el trabajo y sobre su capacidad para combatir la delincuencia, por lo que, en general solo acuden a un puesto policial en casos extremos y como último recurso. Diversos factores contribuyen a esta situación: por un lado la policía responde, no tanto a
las necesidades de la ciudadanía como a las demandas del gobierno de turno y de las élites locales e internacionales, la debilidad cultural democrática, la corrupción, prácticas represivas y violación de los dere-chos humanos, se ha vuelto a caer en la militarización de la seguridad pública en materia de seguridad ciudadana, con el nombramiento del General de División General,1al frente de la policía y participación de la fuerza armada en tareas de la seguridad ciudadana.
El escenario de violencia y criminalidad que vive la población en El Salvador ha interrumpido nuevos fenómenos que por la transcenden-cia, intensidad o naturaleza, han impactado la seguridad interna, y diluido las fronteras de ambas, fe-nómenos que se consideran las nuevas amenazas, que se yerguen como protagonista de la escena nacional y regional, el crimen organi-zado, en especial la narcoactividad, el lavado de activos, el tráfico ilícito de armas, la trata de personas, desaparición de personas, el tráfico de órganos humano, la corrupción en el interior de las instituciones, las maras o pandillas. Estas amenazas entre otras afectan gravemente la seguridad y gobernabilidad.
Por otra parte, el triángulo nor-te ha fomentado la cultura de la vio-lencia y tendencias autoritarias en-tre el poder político de turno y la población, minando los procesos de democratización, visualizándose
entre las políticas y medidas represi-vas las acciones de limpieza social. En esta lógica a la fuerza armada se le ha involucrado en asuntos de la seguridad ciudadana, descuidando de manera inminente la soberanía, relativizándose las diferencias entre funciones militares y policiales, los cuales fueron puntos de agenda en los Acuerdos de Paz entre el poder político y el Frente Militar de Libera-ción Nacional, FMLN, para ponerle fin a la guerra armada civil.
A pesar del esfuerzo que ha realizado la Fuerza Armada en asun-tos propios de la energía de la segu-ridad ciudadana, El Salvador no ha tenido el resultado esperado en la reducción de la criminalidad y la violencia interna, por lo tanto, no se puede esperar mucho en la preven-ción y represión de la criminalidad y violencia internacional, que mina de una manera sutil la organización de la administración pública, en todos sus niveles, lo que repercute en la inseguridad ciudadana y nacional.
El poder político no limita a la Fuerza Armada con precisión en su ámbito de acción, la que no debe de avanzar hacia el control de la protes-ta social. Su intervención debe ser temporal, con tareas y plazos preci-sos y en un territorio determinado. En el caso particular de El Salvador el fenómeno de la violencia y la cri-minalidad no ceden, por lo que, los plazos de la participación de la Fuer-za Armada en tareas de la seguridad ciudadana se prorrogan.
El poder político debe tomar decisiones en definir en el marco de una estrategia, que incluya un plan de fortalecimiento para la policía, la Fiscalía General de la República y el Sistema Judicial, con el propósito que no sea necesaria la colabora-ción de la fuerza armada en tareas de la seguridad ciudadana.
Es necesario con urgencia una política integral de la seguridad ciudadana que comprenda la planifi-cación y organización de la fuerza de la seguridad pública, con el objeto de fortalecer la institucionalidad en el cumplimiento de su misión, visión y funciones esenciales, afianzar las labores propias que tiene efectos importantes, incidiendo en la efecti-vidad y en el cumplimiento de su misión, visión y objetivos y mejorar en la seguridad objetiva y subjetiva, que contribuya a generar efecto en la moral del personal.
La PNC, a pesar de los es-fuerzos logrados, sigue teniendo deficiencias en la selección y forma-ción del personal, en especial en las áreas de investigación, inteligencia y lucha contra el crimen transnacional; ya que no se cuenta con una verda-dera carrera profesional en la fuerza de la seguridad pública, menos en carreras especiales, lo que ha dificul-tado la profesionalización de la PNC de El Salvador.
Desde 1992, la Academia Na-cional de Seguridad Pública inició sus actividades académicas forman-do a sus participantes en sus dife-rentes programas, sin autorización por parte del Ministerio de Educa-ción, como institución de educación superior para la formación en la ca-rrera policial; es hasta el 29 de agos-to de 2013, que fue publicada en el Diario Oficial, Tomo 400, No. 158 que el Ministerio de Educación auto-rizó a la Academia Nacional de Se-guridad Pública como Instituto Espe-cializado de nivel Superior; sin embargo, a la fecha de este análisis los planes de estudios no están aprobados por el Ministerio de Educación, por lo tanto sigue entre-gando a los graduados al grado in-mediato superior diplomas, no títulos académicos.
La Academia Nacional de Se-guridad Pública y la PNC aún no han emitido criterios sobre la situación académica y laboral del personal policial de los niveles básico, ejecuti-vo y superior que formaron parte de los diferentes cursos impartidos por la Academia, antes de estar autori-zada por el Ministerio de Educación como Instituto Especializado.
Por otra parte, los salarios del personal policial son bajos, agudiza-dos en el nivel básico, quienes no alcanzan a cubrir la canasta básica para una existencia digna, se debe mejorar condiciones de trabajo; la dirección de la policía debe de ade-cuar los salarios de los niveles bási-co, ejecutivo y superior; de acuerdo a la nueva estandarización de sala-rios de los países en proceso de integrarse al bloque Centroameri-cano y sistema globalizado por las nuevas tendencias económicas mundiales; esto con el objeto de
capacitar al personal frente a nuevas tendencias de conductas, acciones criminales; pues el personal no se encuentra actualizado para tratar los retos de la futuras criminalidad mun-dial, obviar que sus miembros se involucren en actos ilícitos y desde luego evitar la mala imagen de la institución policial, que lleva a la no confianza institucional. En el Artícu-lo 2 inciso segundo literal a. del Convenio 131 Relativo a la Fijación de Salarios Mínimos, con Especial Referencia a los Países en Vías de Desarrollo se establece estos sala-rios de acuerdo a las necesidades de los trabajadores y de sus familias habidas cuenta del nivel general de salario en el país, del costo de vida, de las prestaciones de seguridad social y del nivel de vida relativo de otros grupos sociales.
Esto afecta la baja motivación del personal, la actitud al servicio y la atención que la población debe recibir para la resolución de un problema de convivencia social y criminal.
En el 2006 la situación laboral, tanto del Ejército como de la PNC sufrió reformas, bajo Decreto Legis-lativo No. 78, publicado en el Diario Oficial de fecha 9 de octubre de 2006, Tomo No. 373, No. 187, Ar-ticulo 4 literal “J” por medio del cual dejó fuera de la carrera administrati-va a los miembros del Ejército y a la PNC, decreto aprobado al margen de la Ley Primaria para ese año. El Artículo 219 inciso 1 y 2 literalmente establece:
En ese sentido los miembros de la policía no están comprendidos en el Artículo 219 inciso 2; pero el poder político ha dejado fuera de toda protección ante posible viola-ción de los derechos laborales, la organización de sus miembros para la protección y reivindicación de los beneficios laborales de los funciona-rios de la policía, tanto operativos como administrativos. Esto se ha hecho extensivo en el Artículo 17 del anteproyecto de la Ley de la Función
Pública de 2013, que aún no ha sido aprobada, pero está en vías de que las autoridades correspondientes lo hagan, lo que violenta los derechos de tratados internacionales en mate-ria de derechos humanos y laborales firmados y ratificados por El Salva-dor (Artículo 24 de la Carta Interna-cional Americana de Garantías So-ciales, que en lo esencial del artículo establece que los empleados públi-cos tienen derecho a ser amparados en la Carrera Administrativa por una jurisdicción especial contencioso administrativa).
El contexto laboral en la PNC de El Salvador ha continuado con el escaso reconocimiento en la organi-zación de sus miembros para velar por sus beneficios. El Poder Político no quiere reconocer los Derechos Laborales universales de los miem-bros de la Policía, es por ello que no se pueden asociar para la defensa de sus respectivos intereses. En el 2010, la Honorable Asamblea Legis-lativa realizó reformas a la Constitu-ción de la República, entre otros artículos que fueron reformados se encuentra el Artículo 47 inciso 2 de la Constitución, que en lo principal de su contenido establece que no dispondrán de los derechos de aso-ciarse libremente, los miembros de la Policía Nacional Civil; sin embar-go, el Artículo 1° del Convenio sobre Protección del Derecho de Sindica-ción y los Procedimientos para De-terminar las Condiciones de Empleo en la Administración Pública, ratifi-cada por la Asamblea Legislativa de El Salvador establece:
“El presente Convenio deberá aplicarse a todas las personas empleadas por la administra-ción pública, en la medida en que no les sean aplicables disposiciones más favorables de otros convenios internacio-nales del trabajo. 2. La legis-lación nacional debe determi-nar hasta qué punto las garantías previstas en el con-venio se aplican a los emplea-dos de alto nivel que, sus funciones, se considera nor-malmente que poseen poder decisorio o desempeñan car-go de directivos o a los em-pleados cuyas obligaciones son de naturaleza altamente confidencial. 3.- La legislación nacional deberá determinar asimismo hasta qué punto las garantías previstas en el pre-sente convenio son aplicables a las fuerzas armadas y a la policía.
Esta norma internacional no es imperativa en establecer la no asociación de los miembros de la policía, es oportuno señalar que, si al empleado se le ha respetado y considerado en todos sus aspectos, no necesita organizarse para gene-rar inestabilidad o desorden interno, al contrario sensu, se organiza para fortalecer la unidad, y cumplir por convicción la misión, visión y objetivo de la empresa.
El hecho de haber dejado fue-ra de la Carrera Administrativa a los miembros de la PNC, a la fecha ha generado desprotección a derechos
laborales universales. Antes que entrara en vigencia el Decreto Legis-lativo 78, para ser exacto 3 meses con 13 días antes, el Director Gene-ral de la Policía Nacional Civil,2 el 26 de junio de 2006, solicitó al Ministe-rio de Hacienda en oficio No. 0-0509-06-2006, contratar una canti-dad de 57 mandos policiales ejecuti-vos y superiores, que anteriormente a este oficio se encontraban con el régimen laboral de Ley de Salario e incluidos en la Ley de la Carrera Administrativa. Ninguna de las par-tes se detuvo a analizar las conse-cuencias jurídicas, que al pasar al régimen de contrato se suspende jurídicamente la carrera policial; y el miembro operativo pasa a ser miem-bro administrativo con funciones y responsabilidades operativas; ningu-na ley que regula la PNC establece este desarreglo jurídico. El cam-bio de régimen laboral de Ley de Salario a régimen laboral por contra-to fue gradual iniciando por los man-dos de rango ejecutivo y superior que ocupaban puestos de jefaturas.
En el 2009, surgió un caso inédito:
Un miembro operativo del ni-vel de rango superior fue la úl-tima persona que de manera arbitraria le cambiaron el Ré-gimen Laboral de Ley de Sala-rio a contrato, quien habiendo agotado las instancias inter-nas interpuso demanda ante
el Tribunal del Servicio Civil, que a la vez en resolución emitida a las once horas y treinta y siete minutos del día dieciocho de noviembre de dos mil nueve en el expedien-te con referencia I-170-2009, declaró inadmisible la deman-da por ser incompetente de conocer el caso; por no estar los miembros policiales com-prendidos en la Ley de la Ca-rrera Administrativa. A la vez el mismo miembro policial in-terpuso demanda contra pro-videncia de la PNC represen-tado en ese momento por el Director General Comisionado Carlos Antonio Ascencio Gi-rón, ante la Sala de lo Con-tencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, por haber cambiado el régi-men laboral de Ley de Salario a contrato y por haber emitido el Acuerdo número 0243-06-2009 de fecha 11 de junio de 2009 en la que dejó sin efecto el nombramiento de Subcomi-sionado, habiendo admitido la demanda solo por el acto im-pugnado Acuerdo (A-0243-06-2009). A la fecha del presente estudio la Sala de lo Conten-cioso Administrativo no ha emitido sentencia definitiva,3 por lo que el miembro policial se vio obligado a recurrir a las instancias internacionales por considerar que el Estado sal-vadoreño no le ha asegurado las garantías procesales, re-guladas en la Convención In-teramericana de los Derechos
Humanos. Por haber deman-dado a la PNC por los ya refe-ridos actos impugnados, esta persona ha sido objeto de dis-criminación y acoso laboral desde el año 2010, a la fecha la Dirección General represen-tada por el señor Comisionado Mauricio Ernesto Landaverde no ha emitido una orden para nombrar a esta persona en un puesto de trabajo en cumpli-miento al Artículo 9 literal “c” de la Ley Orgánica de la Poli-cía Nacional Civil, esto a pe-sar que en varias ocasiones ha solicitado se le nombre en un puesto de trabajo, siendo la última petición el día 02 de ju-lio de 2014, el señor Director General a la fecha no ha con-testado, inobservando los Ar-tículos 18 y 235 de la Consti-tución de la República. Por lo tanto no tiene puesto de traba-jo regulado en el manual de funcionamiento de puesto de trabajo de la Subdirección de Administración de la Policía.
La Academia Nacional de Se-guridad Pública ha admitido en sus cursos de ascenso en los tres nive-les a personal administrativo jurídi-camente en funciones operativas desde el 2006 al momento, en vista que la Dirección General no ha emi-tido un acuerdo en la que pasa a 65 Comisionados que firmaron los con-tratos a Ley de Salario. No obstante que la Ley de Salario del ejercicio
fiscal del 2013 que entró en vigencia en enero del mismo año fue modifi-cada por el Decreto Legislativo No. 483, que fue publicado en el Diario Oficial de fecha 24 de septiembre de 2013, tomo 400, número 176 que entró en vigencia ocho días después de la publicación; generó un descon-tento en el interior de la policía, que aún subsiste, agudizándose en el interior del personal básico (Agente, Cabo y Sargento).
El reordenamiento y la nivela-ción de los salarios de los niveles Superior y Ejecutivo de la Policía Nacional Civil ha desatado malestar e inconformidad en el interior de la corporación policial.4
La Asamblea Legislativa pu-blicó las reformas en el periodo del Ingeniero Eléctrico Rigoberto Trini-dad Pleìtez, como Director General, toda esta situación fue resultado de los contratos de prestación de servi-cios personales que 65 Comisiona-dos firmaron; quienes ocuparon Je-faturas de División I, II, III, de los que se podía entender como puestos fantasmas, ya que los mismos no se encontraban regulados en ninguna ley que regulaba los parámetros de la Ley Administrativa que regulan la función de la Policía, con un salario entre 1,800 y 2,050 y un sobre suel-do entre 285.72 a 380.58 no regula-dos en la Ley de Salario del año fiscal 2009, 2010, 2011, 2012 hasta octubre de 2013 y siendo que el mando Policial con categoría de Comisionado que no firmó el contra-to tenía un salario en base a la Ley de la materia de 1,635.06, el Poder
Político de El Salvador no tenía sala-rios equitativos en el interior del nivel superior, por lo que se vio en la obli-gación de pasar los salarios que recibían los 65 Comisionados a la Ley de Salario; en tal sentido, el Comisionado que recibía un salario inferior a todos, al entrar en vigencia el Decreto Legislativo 483 que con-tiene la reforma de la Ley de Salario tiene igual salario que los 65 Comi-sionados.
El sistema de sanción admi-nistrativo, ha sido deficiente, en pri-mer lugar, los miembros que inte-gran los Tribunales Regionales, son integrados por miembros administra-tivos con funciones operativas (man-dos que firmaron contratos de pres-tación de servicios personales, con vigencia de un año). Es importante tomar en cuenta, la sana crítica y el conocimiento de la legislación, estos miembros deben ser permanentes en los tribunales para que desempe-ñen un rol eficiente al momento de decidir sobre la sanción disciplinaria.
Las unidades policiales no cuentan con una infraestructura que reúna las condiciones adecuadas para la convivencia laboral, excepto las delegaciones policiales, siendo que la mayoría de elementos que la integran son administrativos y operativos que hacen funciones ad-ministrativas, no así los elementos policiales que integran algunas sub-delegaciones y los puestos. Estas últimas no cuentan con infraestructu-ra adecuada para resguardar a una persona detenida más tiempo de las 72 horas, de acuerdo a la Ley vigente.
Las detenciones que realiza la policía las hace del conocimiento por medio de oficio a la Fiscalía General de la República y valora los indicios de prueba que judicializa el caso. Desde ese momento la persona detenida queda bajo la orden del Juez de la causa; pero se da el caso en la actualidad; por orden del juez lo envía al resguardo de la policía, lo que demanda más elementos como custodio, restando la labor de pre-vención del delito, como patrullajes y reunión con la comunidad.
Hay casos de algunos reos que tienen dos años de estar en bartolinas de la policía, y aprove-chando que no se cuenta con la infraestructura ni con personal sufi-ciente para cumplir con eficiencia y eficacia los servicios internos, se han dado a la fuga. En alguno de estos casos ha sido planificado con el cus-todio, implicando con ello la deten-ción de personal operativo por el delito de evasión culposa, situación que puede evitarse si la policía le diera cumplimiento a la normativa y evitara resguardar por mucho tiempo a reos que ya se encuentran bajo la orden judicial.
La policía cuenta con algún mecanismo de recolección y análisis de información, pero no con instru-mentos sistematizados de gestión y evaluación, que son indispensables para la toma de decisiones eficien-tes. Ello unido a la implementación de políticas y modelos que han sido
efectivos en otros lugares, se han aplicado sin tener en cuenta las par-ticularidades de los contextos espe-cíficos, lo cual ha hecho que los esfuerzos de transformación del sistema policial haya tenido resulta-dos muy limitados. Esto hace más necesario aún procesos de reforma institucional profunda, que permita mejorar realmente su desempeño y recuperar la confianza ciudadana.
Es visible detectar que la base de la doctrina, la organización y fun-cionamiento de la policía es el resul-tado de la participación de diferentes sistemas policiales en apoyo de la creación de la misma; en el marco del fin del conflicto armado, la idea central fue de desmilitarización de la fuerza de la seguridad pública y su separación de la fuerza militar, deli- mitando la función de cada una y convirtiendo a la policía en una insti- tución civil y profesional. Sin embar- go, se ha dificultado el desarrollo de una estrategia integral encaminada al control del delito en un escenario institucional democrático. La desac-tualización orgánica, funcional y doctrinariamente, favorecen la re-producción de prácticas alejadas de la legalidad y el mantenimiento de un sistema de regulación directa e indi-recta de actividades delictivas por los miembros policiales.
Es importante señalar que las principales víctimas de los delitos más violentos y de la desprotección estatal pertenece a los sectores so-ciales más pobres, y los principales victimarios son también esos estra-tos, cabe destacar que no son los únicos delitos, las únicas víctimas ni los únicos victimarios, pero si los más visualizados socialmente y los más institucionalizados en el marco de estrategias de intervención puniti-va que abarca selectamente ese espectro de incidentes y de perso-nas. En los escasos análisis delin-cuenciales no dan importancia al alza del delito de violencia intrafami-liar, ni a concupiscencia de los deli-tos de violación en menor incapaz. Al jefe de unidades operativas se le supervisa su operatividad por el nú-mero de homicidios que se genera en la zona de responsabilidad o cir-cunscripción territorial. Generalmen-te en un análisis delincuencial no se toma en cuenta elementos de índole transnacional que tienden a agudizar los ya existentes problemas internos que se tiene en el país, ya que la nueva democracia creciente está generando, y las nuevas tendencias económicas sutilmente se encuen-tran en una conquista de las nacio-nes. Quienes están utilizando armas no convencionales logran generar la ingobernabilidad de las instituciones fluctuando en un Estado fallido.
Si el poder político no tiene la capacidad o la cultura de prever, qué puede exigir a la Fuerza de la Segu-ridad Pública para que prevenga el delito.
En este contexto, pese a la di-ferencia del poder político acerca de la seguridad ciudadana y, en parti-cular, de la policía, esta si percibe las grandes deficiencias y equivoca- ciones, así como la reproducción en su seno de prácticas corruptas y de
abuso en el uso de la fuerza e inclu-ye, asimismo, que la intervención policial recae en buena parte sobre la protección de: personalidades importantes, instituciones, eventos organizados por la empresa privada (encuentros deportivos, presentación de artistas), protección y seguridad de la mayoría de mandos policiales del nivel superior, protestas sociales de sectores populares.
En El Salvador ha habido va-rios esfuerzos para darle solución a los problemas de seguridad ciuda-dana, ejemplo de ello es la coordina-ción interinstitucional que dentro de este estudio plantea lo siguiente:
La experiencia de la Alcaldía
Municipal de Antiguo Cuscatlán
Desde el 2003 hasta la fecha, la Alcaldía Municipal de Antiguo Cuscatlán ha trabajado en el tema de seguridad ciudadana, plantea-miento que surgió desde una pers-pectiva de desarrollo económico, al vincular la seguridad municipal con este municipio. De esta manera el gobierno local consideró que un trabajo que permitiera conservar la tranquilidad ciudadana, atraería in-versiones para mejoras sociales y económicas del municipio.
En Antiguo Cuscatlán, el plan de seguridad ciudadana original estaba circunscrito a la prevención situacional del delito, al promover una mayor presencia policial me-diante los patrullajes conjuntos entre el Cuerpo de Agentes Municipales y la PNC. Las áreas de trabajo del plan de seguridad se resumen en las siguientes:
Sin estar concebidas en un plan de seguridad ciudadana, otras acciones emprendidas fueron:
La experiencia del Municipio
Santa Tecla
La ciudad de Santa Tecla, inició su incursión en el campo de la seguridad ciudadana, a partir de la preocupación de su Edil por garanti-zar a los habitantes de su municipio el derecho a la seguridad. De una forma explícita, Santa Tecla inició su proceso, asesorada metodológica y políticamente por la Fundación Ebert. La estrategia fue denominada, desde sus inicios, “Convivencia y Seguridad Ciudadana”, condiciones para mejorar la calidad de vida en el municipio; situando a la persona en el centro de su accionar. Uno de los logros más importantes fue la institu-cionalización de la estrategia, al someterla a la aprobación del Con-cejo Municipal; crear la Unidad Téc-nica y el Equipo de prevención (coordinación interinstitucional, coor-dinado por el Director de los agentes municipales) y en el nivel político, crear la Consejería de seguridad ciudadana.
Cabría aclarar que un elemen-to no presentado en el estudio y que puede tener vinculación con la orien-tación hacia las personas del Alcalde de Santa Tecla, podría ser el duro impacto que causó la pérdida de vidas humanas en la colonia Las Colinas, una urbanización autorizada por el Gobierno Central en áreas restringidas de la Cordillera del Bál-samo, durante los terremotos de enero y febrero de 2001, que marcó la necesidad de planificar de mejor manera, contando con la participa-ción de sus habitantes.
Es importante señalar que la creación de la Unidad Técnica tam-bién incorporó la capacitación cons-tante y de alta calidad por parte del personal técnico de trabajo, la cual incluía el conocimiento de experien-cias exitosas en la gestión de la se-guridad ciudadana desarrolladas en otras ciudades de los países de América Latina. También se recibió capacitación técnica sobre la imple-mentación y funcionamiento de un observatorio del delito, por parte de la Universidad del Valle de Colombia y otras instituciones internacionales.
Este programa de prevención se elaboró luego de realizar un diag-nóstico, al contar con la participación ciudadana para identificar, priorizar y proponer solución a los problemas de violencia y delincuencia en el municipio. Este plan general de Convivencia y Seguridad Ciudadana tenía cuatro objetivos específicos orientados a fomentar la participa-ción ciudadana:
Entre las acciones desarrolla-das destacan el establecimiento de:
El Decreto Municipal N°3, del 09 de junio de 2008, publicado en el Diario Oficial N° 120, Tomo 379 de fecha 27 de junio de 2008 indica que:
El Consejo está conformado por al menos diez miembros de las siguientes instituciones: Alcaldía Municipal, Consejo Ciudadano para el Desarro-llo Local, Fiscalía General de la República, Procuraduría General de la República, Medicina Legal, Procuraduría para la Defensa de los Dere-chos Humanos, Policía Nacio-nal Civil, Centro Judicial, Cuerpo de Agentes Municipa-les, Ministerio de Salud Públi-ca y Asistencia Social, Minis-terio de Educación, Instituto Salvadoreño del Seguro So-cial, Viceministerio de trans-porte e instituciones humanita-rias presentes en el municipio.
Entre sus funciones destacan a) Recomendar al gobierno local en la implementación de políticas públi-cas de seguridad y convivencia ciu-dadana, en particular, las que tienen que ver con la prevención de la violencia, y b) gestionar mecanis-mos de cooperación interinstitucio-nal, tanto a nivel nacional como in-ternacional, que coadyuven al cumplimiento de sus atribuciones en los espacios públicos, regulan la venta de alcoholes y otras activida-des que pueden volverse contrarias a la convivencia pacífica. También se encuentra la intervención en la mejora del espacio físico, como ins-talación de luminarias y la construc-ción de obras de recuperación de zonas verdes-pequeñas obras. Entre las acciones orientadas a impactar los procesos sociales y culturales en el municipio, destacan:
En el marco de esta campaña se desarrolló una marcha
blanca contra la violencia, en-cabezada por el Alcalde y el Concejo Municipal; la Campa-ña del Buen Vecino y Buena Vecina en el 2006 y la última Campaña de Prevención del Consumo de Drogas con Jó-venes, en los centros escola-res en el 2009.
Asimismo, la Alcaldía de San-ta Tecla ha efectuado actividades tendientes a evaluar la estrategia en seguridad ciudadana y a sondear la percepción de inseguridad en el municipio. De manera tal que en el 2008, la Alcaldía identificó la ne-cesidad de reformular la política municipal y su plan de acción en virtud de diagnósticos y evaluacio-nes efectuadas.
Uno de los retos que enfren-tan los municipios en la gestión de una política pública de seguridad ciudadana -esto según los casos estudiados- consiste en lograr la apropiación de los empleados muni-cipales del tema de la seguridad ciudadana, pues esta se asocia úni-camente a una mayor presencia policial y a la represión del delito; difícilmente, la seguridad ciudadana se vincula con acciones dirigidas a la prevención de la violencia.
Partiendo de que el concepto de violencia no es genérico y ade-más impacta diversas áreas de la vida humana, es obvio que hablar de proyectos de seguridad ciudadana que prevengan la violencia y la de-lincuencia, sin una sensibilización y capacitación previa en el tema, es sumamente difícil. Debe existir, co-mo requisito sine qua non, un equipo o persona con los conocimientos técnicos y metodológicos básicos para impulsar una estrategia de se-guridad ciudadana y que pueda pro-gresivamente desencadenar un pro-ceso de apropiación de la misma, entre los agentes municipales y los habitantes del municipio.
La experiencia del Municipio
de Ahuachapán
Cabe señalar que Ahuacha-pán en muy corto tiempo ha desarro-llado una estrategia de prevención bastante exitosa partiendo de este principio, ya que le ha apostado a la contratación de especialistas y técni-cos en las diferentes esferas de in-tervención que ha impulsado, tales como el Centro Mixto de Mediación, el Centro Municipal de Prevención Social de la Violencia y la Delin-cuencia, el Observatorio Municipal de la Violencia y la Delincuencia, el Centro de Formación y Desarrollo de la Mujer y la Secretaría Municipal de la Juventud, entre otros.
Otro reto es que la estrategia de seguridad ciudadana articule diversas intervenciones de preven-ción en los también diferentes ámbi-tos de la vida humana; es decir, lo-grar la adopción de un enfoque integral. Estos modelos analizados dejan entrever la necesaria articula-ción y coordinación en el municipio, dentro de sí y hacia fuera. El papel del gobierno local radica en conver-tirse en la entidad que orienta accio-nes, que reúne las sinergias, que establece espacios para el diálogo y concertación de esfuerzos en mate-ria de seguridad ciudadana en el municipio, sin asumir las funciones del sistema de justicia penal.
Un tercer reto, es la elabora-ción de una estrategia integral de comunicación que acompañe a la estrategia de seguridad ciudadana para que, tanto la población como los empleados municipales, no con-fundan la seguridad ciudadana con el combate de la delincuencia. Esta estrategia de comunicación debe difundir las áreas de trabajo de la Alcaldía y facilitar la apropiación por parte de los diversos sectores, entre ellos, los jóvenes. Es decir, la au-sencia de una “proyección integral hacia la ciudadanía de manera legi-ble y audible, donde la gente pueda identificar y ver lo que se está haciendo.
Hacia fuera de la Alcaldía, un reto identificado es lograr la partici-
pación ciudadana en el tema de la seguridad. Es vital incorporar a la ciudadanía a través de proyectos y formas de capacitación para revertir la visión negativa de los ciudadanos en la construcción de la seguridad ciudadana. La participación ciudada-na tiene como punto de partida ge-nerar confianza y establecer pactos y compromisos. La sociedad civil es definitivamente la que aporta a la construcción del Estado democrático de derecho.
Según los informes de la Uni-dad de Convivencia y Seguridad Ciudadana de la Alcaldía de Santa Tecla,5 las personas habitantes del municipio no tenían interés en el tema, algunos aducían temor a re-presalias de los delincuentes, pues vinculaban el tema de la seguridad con desempeñar un papel de “cola-boradores” o “informantes” de la policía. De allí que se cambiara de estrategia buscando introducir el tema de la seguridad dentro de las actividades del Comité Ciudadano de Desarrollo Local, bajo el nombre de Plan de Convivencia Comunitaria. Otro de los problemas es la ausencia de capacidad y conocimiento de los empleados de la comuna, para esti-mular la participación ciudadana, porque además del temor que ello les genera, no siempre comulgan con los principios democráticos que la inspiran.
Finalmente, una intervención municipal en el campo de la seguri-dad ciudadana debe incluir un me-canismo de evaluación y de rendi-ción de cuentas para reconducir las
acciones y reacciones ante situacio-nes particulares. La evaluación signi-fica recoger y analizar sistemática-mente la información, que permita determinar el mérito de lo que se hace. La evaluación del impacto de los proyectos deberá ser la medida que determine la continuidad de los mismos.
Fortalezas observadas
en las experiencias
de estos Municipios
Una de las fortalezas obser-vadas en los municipios estudiados ha sido el liderazgo de las jefaturas edilicias que les ha permitido mante-ner el tema de la seguridad ciudada-na con el devenir de los años. La permanencia del proyecto y la volun-tad política, parece ser un requisito importante para el logro de la segu-ridad ciudadana.
Otra fortaleza detectada es la existencia de un plan, independien-temente del grado de desarrollo del mismo. En Antiguo Cuscatlán obser-vamos que el plan se concretó ini-cialmente en proveer una mayor presencia policial, pero -como es relatado por los mismos actores- al implementarlo se ha ido vinculando con otras áreas de trabajo del go-bierno local, que son vitales para que funcione el plan de seguridad. Santa Tecla desde sus inicios se planteó intervenir en diferentes pro-cesos y ha logrado incorporar el tema como un eje de trabajo de toda la gestión municipal; esto permite asegurar la continuidad de la estra-tegia. Podría aventurarse a señalar que aunque se cambie de Alcalde, la estrategia continuará, aunque pro-bablemente con énfasis diferentes.
Otra condición, que parece ser importante para el éxito de una es-trategia de seguridad ciudadana es la adopción de un enfoque integral que articule diferentes intervencio-nes de prevención en los también distintos ámbitos de la vida humana. Estos modelos analizados dejan entrever la necesaria articulación y coordinación en el municipio, dentro de sí y hacia fuera. El papel del go-bierno local radica en convertirse en la entidad que orienta acciones, que reúne las sinergias, que establece espacios para el diálogo y concerta-ción de esfuerzos en materia de seguridad ciudadana, sin asumir las funciones del sistema de justicia penal.
En un primer momento, este estudio brindó la imagen que la vi-sión ideológica incide en el diseño y desarrollo de las acciones tendientes a mejorar la seguridad ciudadana, puesto que Santa Tecla le ha puesto empeño en gestionar estructuras que permitan la participación ciuda-dana y ha ubicado en esta área de trabajo municipal la gestión de la convivencia y seguridad ciudadana; mientras en el otro municipio estu-diado, brindó la imagen de apostarle a un mayor despliegue policial. Al ampliar dicho estudio a un tercer municipio, ha sido posible desvane-cer esa idea, pues en este tercer edil municipal, de la misma orientación político ideológica de Antiguo Cus-
catlán, fue observable que la ampli-tud del plan está vinculada a la existencia de un equipo o persona con los conocimientos técnicos y metodológicos básicos para impulsar una estrategia de seguridad ciuda-dana y que pueda progresivamente desencadenar un proceso de apro-piación de la misma, entre los agen-tes municipales y los habitantes del municipio.
Las condiciones económicas tampoco parecen ser determinantes para que el gobierno municipal in-cursione en el tema de la seguridad ciudadana, dato que se concluye a partir de la experiencia del tercer municipio que presenta un Índice de Desarrollo Humano bastante más bajo que los otros dos municipios estudiados, pero cuenta con un equipo técnico bastante versado en el abordaje integral de la seguridad ciudadana.
En el ámbito municipal, pue-den desarrollarse prácticas que inci-dan positivamente sobre el problema de la seguridad, al involucrar a sus habitantes en la transformación del entorno vital en que se mueven. En este sentido, cabe destacar algunas de las experiencias de los municipios estudiados dignas de ser emuladas, tales como:
En síntesis, la inversión en la gente y para la gente puede re-construir un tejido social herido por la violencia e ir generando nuevas
normas explícitas o implícitas de convivencia pacífica.
En la policía, la Dirección Ge-neral de la Policía ha primado una visión incremental que considera que la reforma policial consiste en el aumento de los recursos humanos, operacionales y de infraestructura, sin cambios adecuados en la orga- nización y en el trabajo policial, sin atender a las modalidades de policía y su impacto sobre el delito ni el tipo de labor desempeñado. Esta orien- tación tiene un impacto muy conser-vador y continuista, pues no observa analíticamente la eficacia policial. Se han realizado cambios en el organi-grama institucional, efectuando un incremento de personal en las ofici-nas administrativas o unidades eli-tes. Este cambio ha disminuido la actividad preventiva y la reunión con la comunidad que realizan los ele-mentos que integran las unidades de seguridad ciudadana. Otro de los aspectos que se diferencia entre los elementos que integran unidades llamadas especializadas y la seguri-dad pública es la remuneración del pago del Régimen de disponibilidad los primeros reciben $215 y los ele-mentos de seguridad pública $100.
La reforma policial en El Salvador, debe implicar un cambio institucional mucho más amplio y complejo que meros cambios doctri-narios, organizativos y funcionales. Reformar la policía implica que los responsables de la seguridad ciuda-dana junto con el Fiscal General de la Republica, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, la Procu-raduría General de la República, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, el Ministro de Educación, el Ministro de Salud, Asistencia Social, y el Ministro de Medio Ambiente elaboren, formulen y desarrollen estrategias inclusivas e integrales de los conflictos y en ese marco aborden la problemática cri-minal y lleven a cabo la reforma insti-tucional de la policía.
En el país, hay diferentes fac-tores entre la contaminación ambien-tal, económica, social, estructural y jurídica que perjudican la conviven-cia social, de manera que la integra-ción de diferentes instituciones que forman parte de la seguridad pública puede generar mejores resultados y beneficios para las instituciones y el conglomerado social.
En el marco del fin del conflic-to armado y de la democratización, la idea central es desmilitarizar la fuerza de la seguridad pública y se-pararla de la fuerza militar, delimi-tando la función de cada una y con-vertir a la policía en una institución civil y profesional.
Conclusión
El presente estudio se llevó a cabo con el objeto de contribuir a reformar los servicios civiles al forta-lecimiento de la gobernanza, la ges-tión de la administración pública particularmente en la PNC y los vínculos entre modernidad y globali-
zación que no dejan de ser a la vez estrechos y polémicos.
Es oportuno señalar que la re-lación entre la modernidad y la glo-balización es una priorización histó-rica, ya que la modernidad es inherente a la globalización, en el cual se establece como un proceso intrínseco vinculado con el surgi-miento de la modernidad que se consolida con la homogeneidad de los calendarios y los tiempos entre regiones.
Por tanto, uno de los principa-les retos de análisis y criterios que enfrenta El Salvador en esta nueva era en relación al índice de la violen-cia desenfrenada, son las alteracio-nes globales y los cambios funda-mentales cuantitativos, basado en los alcances exponenciales de las telecomunicaciones y del mercado mundial o, por el contrario, se debe considerar fundamentalmente como una variación cualitativa que re-quiere de nuevas perspectivas de análisis.
Es evidente señalar, que la teoría democrática no puede des-cansar en una concepción de la polí-tica territorialmente delimitada. Sin llegar a desplazar al Estado-Nación como punto de referencia, es nece-sario reflexionar sobre su papel en relación a un sistema político donde la autoridad se limita por actores y organizaciones externas.
La globalización confluye con una diversidad de posturas, intelec-tuales, académicas y políticas, las cuales se agudizan frente a la forma de abordar las relaciones con la modernidad, así como la diversidad de términos.
Mientras estos términos son analizados profundamente a nivel internacional y en particular en El Salvador, el conglomerado social reclama una actividad firme y decidi-da en contra de quienes vulneren su integridad, bienes y tranquilidad; al mismo tiempo que exige un cuerpo investigador respetuoso de la ley, de los derechos humanos, con una ética profesional, el cual tuviese como misión la auténtica represen-tación social de la población salva-doreña. La Fiscalía General de la República debe tener herramientas para el desempeño de su función como coordinador de la “Trilogía Investigadora”, que controle la impu-nidad, igualmente que magnifique las garantías y el respeto a los dere-chos humanos de los gobernados; para lograr lo anterior, se deben reducir los trámites innecesarios de manera exitosa, es decir, quitar las gestiones rígidas y protocolarias que presenta la fase investigadora. El elemento policial y el agente fiscal deben tomar un papel integrador de manera inmediata al conocimiento del hecho delictivo. Generalmente a la escena del delito llega el investi-gado, no el fiscal de turno o en al-guno de los casos llega el fiscal pero no tiene la habilidad investigativa, ya que no está preparado. Los pensum de la carrera de derecho no incluye la investigación criminal, el cual es importante para la dirección de la investigación.
Debe establecerse a nivel constitucional el criterio de oportuni-dad y los métodos de justicia alterna-tiva, para socializarlos dentro de la población. Profesionalizar al factor humano y dotarlo de apoyos finan-cieros y tecnológicos de vanguardia, para que puedan operar el sistema. La fuerza de la seguridad pública y el Ministerio Público deben enfocar a dar resultados contundentes en el ataque a la criminalidad y a recobrar la confianza de la ciudadanía.
La policía y la Fiscalía General de la República deben contar con conocimientos especializados en procuración de justicia, con el propó-sito de crear una nueva generación de investigadores que dirijan en la práctica las acciones y diligencias encaminadas a descubrir la verdad histórica. Con lo anterior se deja a un lado a sus miembros de escrito-rio, tramitador de oficios.
La selección del personal que integre estas instituciones deberá ser rigurosa; sometiéndose a exá-menes psicométricos, de conoci-mientos jurídicos y técnicos, así co-mo a exámenes físicos. Se deben tomar en cuenta, tanto las aptitudes como las actitudes de los aspirantes; una vez seleccionados se deberán entrenar en aspectos técnicos, teóri-cos y operativos de la investigación criminal y científica. Para la profe-sionalización de la policía y Fiscalía se deberán instrumentar mecanis-mos y sistemas de investigación científicos de vanguardias, medibles y cuantificables, que permitan la supervisión y evaluación constante de resultados. De la misma forma las bases tienen que ser eficientes.
Bibliografía
Acuerdos de Paz firmado por el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional, FMLN, y el Gobierno de El Salvador, de 1991.
Ante Proyecto de Ley de la Fun-ción Pública, de la Secretaría para Asuntos Estratégicos, Subsecretaría de Gobernabili-dad y Modernización del Esta-do, noviembre de 2013 de El Salvador.
Carta Internacional Americana de Garantías Sociales.
Constitución de la República de El Salvador.
Convención Interamericana de los Derechos Humanos del Con-venio 131 relativo a la Fijación de Salarios Mínimos, con Es-pecial Referencia a los Países en Vías de Desarrollo.
Ley de Acceso a la Información Pública.
Ley de la Carrera Policial de El Salvador.
Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de El Salvador.
Ley del Servicio Civil de El Salvador.
Ley de Procedimientos Constitucio-nales de El Salvador.
Ley General de Educación Superior de El Salvador.
Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil y su Reglamento de El Salvador.
Reglamento de los Cursos de As-censo de la Policía Nacional Civil de El Salvador ◊