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Revista Centroamericana de Administración Pública (87) Julio / Diciembre 2024
ACRs: Retos y oportunidades
para la gobernanza del comercio
mundial
RTAs: Challenges and opportunities for global trade
governance
Resumen
1Universidad de Ciencias Políticas y de Derecho de China Beijing, República Popular de China. Investigador de la Fundación China para Estudios
Internacionales, el oficial think tank sobre diplomacia de China. Académico del Instituto de Charhar, el más renombrado think tank no gubernamental de
China sobre relaciones internacionales. Email: pandeng@vip.sina.com
2Universidad de Ciencias Políticas y de Derecho de China Beijing, República Popular de China, Máster del Instituto de Derecho Comparado de la Universidad
de Ciencias Políticas y de Derecho de China Beijing, República Popular de China, especializado en Derecho de la Unión Europea. Licenciado de la
Universidad de Estudios Extranjeros de Beijing. Email: chendufabiana@163.com
Pan Deng1 Chen Du2
Recibido: 2 de julio del 2024 Aceptado: 08 de noviembre del 2024 DOI: 10.35485/rcap87_3
El regionalismo comparado considera el regionalismo como uno de los niveles de la gobernanza
mundial. Este artículo aplica este punto de vista a la percepción de los acuerdos comerciales regionales
(ACRs) como parte importante de la reconfiguración de las normas del comercio internacional. Sobre
esta base, el primer objetivo de investigación es analizar las características de los distintos modelos de
ACRs. Se constata que el modelo de ACRs liderado por el Sur favorece la inversión del patrón “centro-
periferia” y que su apertura atrae a más países a participar. Mientras tanto, los ACRs dominados por las
potencias tradicionales se caracterizan por el proteccionismo y la exclusividad. La segunda meta del
texto es revelar las tendencias emergentes comunes a los distintos ACRs. El último objetivo es proponer
la construcción de acuerdos comerciales regionales abiertos. Tras analizar las razones detrás de la
proliferación de estos acuerdos, se concluye que debemos adaptarnos a esta tendencia y fomentar los
ACRs abiertos, al tiempo que se controla los exclusivos.
Palabras clave: ACUERDOS SOBRE MERCANCÍAS, REGIONALISMO, COMERCIO INTERNACIONAL
Comparative regionalism considers regionalism as one of the levels of global governance. This article
applies this perspective to the understanding of regional trade agreements (RTAs) as an important part
of the reconfiguration of international trade norms. Based on this foundation, the first research objective
is to analyze the characteristics of the different models of RTAs. It is observed that the RTA model led
by the Global South favors the inversion of the “center-periphery” pattern and that its openness attracts
more countries to participate. Meanwhile, RTAs dominated by traditional powers are characterized by
protectionism and exclusivity. The second goal of the text is to reveal emerging trends common to
various RTAs. The final objective is to propose the establishment of open regional trade agreements.
After analyzing the reasons behind the proliferation of these agreements, it is concluded that we must
adapt to this trend and promote open RTAs, while also controlling the exclusive ones.
Abstract
Keywords: COMMODITY AGREEMENTS, REGIONALISM, INTERNATIONAL TRADE
Como citar:
Pan, D. y Chen, D. (2024). ACRs: Retos y oportunidades para la gobernanza del comercio mundial. Revista Centroamericana de Administración
Pública, (87), 69 - 88. DOI: 10.35485/rcap87_3
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Una comprensión racional de los ACRs
En la actual economía globalizada parece que hay un retroceso: las negociaciones multilaterales
de la Organización Mundial del Comercio (OMC) están estancadas, y Estados Unidos se retiró del
Acuerdo Transpacífico. Parece que los países están ocupados desvinculándose de la cooperación
económica global. Sin embargo, observamos que ningún país ha vuelto al nacionalismo económico
total y en su lugar están optando por una nueva forma de cooperación económica regional.
Estados Unidos renovó el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA), y tanto la
Unión Europea, la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental (ASEAN) y el Mercosur, entre
otros, están promoviendo activamente la cooperación comercial entre países miembros y no
miembros a nivel regional. Los acuerdos comerciales regionales (ACRs) están emergiendo como
el principal medio de cooperación económica en lugar de las negociaciones multilaterales de la
OMC (Jones, 2014).
Además del aumento en número, estos acuerdos muestran una tendencia hacia una
cooperación regional más profunda (Fontagné et al., 2023). Por ejemplo, acuerdos como el
Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP) o el Tratado Integral y Progresista de
Asociación Transpacífico (CPTPP) contienen disposiciones que facilitan el comercio más allá de lo
que ofrece la OMC, y simplifican los procedimientos aduaneros. Esto indica que los países están
fortaleciendo la cooperación entre sí, aunque ahora mediante la cooperación regional en lugar de
la multilateral.
Frente al aumento y profundización de los ACRs, algunos académicos sostienen que estos
acuerdos pueden tener un sesgo natural que podría obstaculizar la globalización económica
(Navjit y Ramandeep, 2011). Señalan que los ACRs, al ser una excepción del principio de la
nación más favorecida de la OMC, deben estar estrictamente regulados (Liu, 2015). De hecho,
la cuestión de si los ACRs promueven o inhiben la globalización económica ha sido un foco
académico del regionalismo desde la década de 1960.
El debate se divide principalmente en dos campos opuestos: unos argumentan que los
ACRs son un obstáculo para la globalización económica ya que pueden perjudicar los intereses
comerciales de los no miembros, así como los beneficios y reglas establecidos según las
necesidades de miembros. Esto distorsiona el comercio internacional, socava la efectividad del
sistema multilateral, y llega a minimizar el bienestar global.
Por otro lado, otros consideran que los ACRs son un pilar de la globalización económica. Bajo
la supervisión del sistema de la OMC, estos acuerdos pueden permitir a los miembros abordar
ciertos temas comerciales mediante la cooperación regional, acumular experiencia para facilitar el
proceso de liberalización del comercio multilateral, y reducir la resistencia en las negociaciones.
Algunos académicos también han argumentado que todo esto depende de las perspectivas
de los diseñadores de los acuerdos: los toman como un mecanismo que profundiza la apertura
internacional bajo el paraguas de la OMC, o como alternativas a la OMC que limitan la apertura
Introducción
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(Mansfield, 1999). Esta visión integral sobre los ACRs ha sido desarrollada aún más por el
regionalismo comparativo que ha surgido en este siglo, que ya no considera la gobernanza
regional como un objeto separado de la global, sino como parte de una gobernanza global
multinivel (Söderbaum, 2016)
Mientras tanto, El sistema de la Organización Mundial del Comercio necesita reformas para
adaptarse a los cambios estructurales en la distribución del poder entre los países. Sin embargo,
el avance de estas reformas no ha sido fluido, lo que ha llevado a una ineficacia en el sistema de
la OMC y ha impulsado a diversos países a optar por acuerdos comerciales regionales.Desde el
inicio del siglo XXI, se observa cada vez más cambios significativos en la distribución del producto
mundial bruto entre países emergentes y desarrollados. En ese sentido, han transformado el
equilibrio de poder que necesitan las normas comerciales internacionales existentes. Además,
dado que el sistema multilateral de negociaciones de la OMC no puede satisfacer las demandas
de modificar las reglas comerciales, la cooperación regional se ha convertido en la plataforma
para negociar nuevas normativas. Por lo tanto, debemos adaptarnos a la realidad de que los
ACRs están reestructurando las normas comerciales internacionales.
Basado en la discusión anterior, es fundamental analizar qué características presentan
actualmente los ACRs y determinar cómo debemos actuar al respecto. El primer capítulo de este
artículo se dedicará a resumir los modelos de integración regional y analizar sus características
y extensiones; el segundo capítulo abordará las nuevas tendencias de los ACRs desde las
perspectivas de los actores involucrados, las relaciones entre los acuerdos, y la relación entre los
acuerdos y el sistema de la OMC.
El tercer capítulo propondrá la construcción de ACRs abiertos, tal como sugieren los estudios
de los capítulos uno y dos: los diferentes modelos de integración regional pueden tener un impacto
tanto positivo como negativo en la cooperación comercial global; y Las nuevas tendencias en los
ACRs pueden representar reformas beneficiosas a las reglas existentes, pero también pueden
intensificar los conflictos, reflejando así la dualidad de apertura y exclusividad en estos acuerdos.
Para promover el desarrollo económico global, se debe fomentar la creación de acuerdos
comerciales regionales abiertos y reducir la exclusividad de estos.
1. Modelos típicos de integración regional y la posibilidad de sus extensiones
El comparativismo regional observa la diversidad de modelos de cooperación y analiza las causas
de estas diferencias (Baccini, et al., 2015). Los estudios también destacan el papel dominante de
las economías líderes, Estados Unidos y la Unión Europea, en la difusión de estos modelos (Hettne
& Ponjaert, 2014). Sin embargo, estos estudios parecen pasar por alto los costos que enfrentan
los países del Sur global bajo los modelos dominados por economías líderes. Además, cuando
los países del Sur lideran la cooperación regional, estos estudios generalmente se enfocan en
la imitación de los modelos de EE. UU. o la UE, sin discutir en detalle su extensión hacia otros
países y regiones.
Los ACRs, como diseños institucionales fijos en papel, reflejan las diferencias entre los modelos
de cooperación comercial. Esta sección seleccionará cuatro modelos representados por sus
ACRs, incluyendo dos liderados por países del Sur, para analizar sus características y discutir las
respuestas de terceros países y regiones que surgen como resultado.
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1.1 Modelo de T-MEC
El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) no solo muestra la desigualdad de
poder económico entre las partes, sino también la asimetría estructural en las negociaciones.
Estados Unidos es el principal destino de exportación para México (78.3% en 2022) (Statista,
2023) y Canadá (76.9% en2022) (Santander, 2023), pero no viceversa. Esto hace que México y
Canadá dependan más de Estados Unidos. México, como país desarrollado, enfrentó desventajas
tanto en términos de poder como en temas comerciales durante las negociaciones (Habeeb,
1988)3, lo que colocó a Estados Unidos en una posición absolutamente dominante.
La estrategia de negociación de Estados Unidos en el T-MEC se centra en priorizar los
acuerdos bilaterales y utilizarlos para luego promover acuerdos multilaterales. Estados Unidos
comenzó negociando primero con México, porque tenía menos poder de negociación entre los
dos. Después de asegurar el acuerdo bilateral con el país azteca, lo expandió para incluir a
Canadá, y así dio forma al T-MEC.
En este contexto, Estados Unidos, como líder, debería asumir la responsabilidad de un gran
país en el diseño institucional y promover el desarrollo de México a través de la cooperación
regional. Infortunadamente, el análisis del tratado del T-MEC revela que los Estados Unidos no
busca profundizar la cooperación regional para mejorar el comercio, sino más bien aprovechar su
posición de poder para forzar concesiones. El acto de EE.UU. limita el espacio político interno de
sus socios y crea incertidumbre en el acceso al mercado (Arnaud, 2023). Todo en beneficio del
retorno de industrias a Estados Unidos, lo que refleja “America First”.
Un ejemplo destacado de este proteccionismo son las Reglas de Origen del sector automotriz,
una actualización más estricta de las reglas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte
(TLCAN). Se aumenta el porcentaje del contenido norteamericano, tanto acero como aluminio, y,
por primera vez, se añade el requisito de valor laboral.
Las exigencias sobre el uso de acero y aluminio de América del Norte favorecen los intereses
de la industria y los trabajadores de EE.UU. (Cánovas & Ortiz, 2021). Al mismo tiempo, el requisito
de valor laboral busca neutralizar la ventaja comparativa de costos laborales de México. La
cláusula de salario obliga a los fabricantes de automóviles a enfrentarse a un dilema: elegir entre
los costos esperados por cumplir con este estándar o los de no hacerlo. La regla sobre el valor
laboral puede impulsar el traslado de la cadena de suministro automotriz de México a Estados
Unidos o Canadá.
La cláusula de extinción (“sunset clause”) crea incertidumbre sobre el acceso al mercado
estadounidense para los productos de México y Canadá, lo que incentiva a las empresas a
priorizar la inversión en Estados Unidos en lugar de México. Según el artículo 34.7 del T-MEC,
el acuerdo se revisa cada seis años y, si no se llega a un nuevo tratado, expirará dieciséis años
después de la revisión.
3Según la teoría de William Habeeb, los países económicamente más débiles tienen la posibilidad de lograr un resultado negociador a su favor en las
negociaciones internacionales. Esto se debe a que un país dominante en términos de poder estructural global no es necesariamente dominante en áreas
relacionadas con los temas de negociación. En el caso del T-MEC, México no era superior en términos de poder económico global ni en comercio exterior,
por lo que estaba en desventaja en la negociación.
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Las cláusulas de “país de economía no es de mercado” son un tipo de trampa en el acuerdo
comercial que ofrece a las partes la opción exclusiva de unirse a acuerdos comerciales con países
determinados. Este enfoque no tiene como objetivo mejorar la facilidad y equidad del comercio
regional, sino fortalecer las barreras comerciales con terceros países.
Un ejemplo destacado de este proteccionismo son las Reglas de Origen del sector automotriz,
una actualización más estricta de las reglas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte
(TLCAN). Se aumenta el porcentaje del contenido norteamericano, tanto acero como aluminio, y,
por primera vez, se añade el requisito de valor laboral.4
Las exigencias sobre el uso de acero y aluminio de América del Norte favorecen los intereses
de la industria y los trabajadores de EE.UU. (Cánovas & Ortiz, 2021). Al mismo tiempo, el requisito
de valor laboral busca neutralizar la ventaja comparativa de costos laborales de México. La
cláusula de salario obliga a los fabricantes de automóviles a enfrentarse a un dilema: elegir entre
los costos esperados por cumplir con este estándar o los de no hacerlo. La regla sobre el valor
laboral puede impulsar el traslado de la cadena de suministro automotriz de México a Estados
Unidos o Canadá.
La cláusula de extinción (“sunset clause”) crea incertidumbre sobre el acceso al mercado
estadounidense para los productos de México y Canadá, lo que incentiva a las empresas a
priorizar la inversión en Estados Unidos en lugar de México. Según el artículo 34.7 del T-MEC,
el acuerdo se revisa cada seis años y, si no se llega a un nuevo tratado, expirará dieciséis años
después de la revisión.5
Las cláusulas de “país de economía no es de mercado” son un tipo de trampa en el acuerdo
comercial que ofrece a las partes la opción exclusiva de unirse a acuerdos comerciales con países
determinados. Este enfoque no tiene como objetivo mejorar la facilidad y equidad del comercio
regional, sino fortalecer las barreras comerciales con terceros países.
El artículo 32.10 del T-MEC es sobre Tratados de Libre Comercio con un País de Economía que
no es de mercado. Aunque el tratado no especifica directamente “país no mercado”, se definen a
través de las leyes internas de las partes.6 Hasta la fecha de la firma del T-MEC, México y Canadá
no han designado ningún país no mercado, y por el contrario, el Departamento de Comercio de
los Estados Unidos había designado a 11 naciones en esta categoría, incluidos China, Vietnam y
Bielorrusia, entre otros Estados de la antigua Unión Soviética.7
Esta cláusula, de hecho, divide al mundo en “economía de mercado” y “no economía de
mercado” y fuerza a las partes (y posibles partes futuras) a elegir su alianza. Aunque no prohíbe
explícitamente a las partes establecer acuerdos de libre comercio con países no mercado, si una
parte lo hace debe soportar el costo de combatir con un poderoso.
4Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). (Junio de 2020). Capítulo 4.
5Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). (Junio de 2020). Artículo 34.7.
6Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). (Junio de 2020). Artículo 32.10.
7Según la Sección 771(18) de la Ley de Tarifas de 1930, que fue enmendada por la Ley de Comercio de 1974, el Departamento de Comercio está
autorizado a evaluar varios factores para determinar si un país exportador opera como una economía no de mercado. Esta sección proporciona un marco
detallado para esta determinación.
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Aunque Estados Unidos aún no ha ampliado el modelo T-MEC a otras prácticas cooperativas,
intenta promover la extensión del modelo excluyente en sus acuerdos comerciales con el Reino
Unido, la Unión Europea y Japón. Sin embargo, dado que la impulsión de Estados Unidos hacia
la cooperación comercial regional se basa en la soberanía y el unilateralismo, es esencialmente
un refuerzo del patrón “centro-periferia” y sería poco probable que se convierta en una regla
comercial global.
Si Estados Unidos intenta aplicar un enfoque de cooperación similar al T-MEC con países del
Sur, podría enfrentar resistencia y competencia entre los ACRs. Este precedente existe como lo
demuestra la respuesta del Mercado Común del Sur (Mercosur) contra la difusión del Acuerdo de
Comercio Preferencial (PTA) dominante de Estados Unidos en América Latina (Quiliconi, 2014).
Si Estados Unidos desea fortalecer la cooperación comercial regional con países del Sur Global,
debería reducir sus preferencias. (O’Neil, 2022).
1.2 Modelo de la Unión Europea
La Unión Europea (UE) es la región con el grado más profundo de integración. Inicialmente
impulsada por necesidades geopolíticas y una interdependencia económica mutua, su desarrollo
posterior ha sido el resultado de la institucionalización continua y el fortalecimiento más allá del
alcance de los Estados miembros (Pierson, 1996). Las funciones estatales han ido transfiriéndose
gradualmente al nivel regional. Además, la integración más profunda de la UE se beneficia de
la adopción común de creencias, valores y normas coherentes, lo cual facilita la eliminación de
barreras comerciales entre los países europeos (Checkel, 2007).
La UE intenta replicar su modelo de integración de normas y de valores en la cooperación con
países no miembros. Los acuerdos firmados por la UE pueden clasificarse en cinco categorías,
con un enfoque centralizado donde se impulsan diferentes grados de extensión de valores y
normas uniformes hacia la periferia.
La primera categoría incluye a los países candidatos a la expansión hacia el este de la UE,
los cuales establecen áreas de libre comercio para productos industriales mediante la firma
de Acuerdos Europeos y exigen también una convergencia legislativa gradual hacia el “acervo
comunitario” antes de su adhesión.
La segunda categoría abarca el Espacio Económico Europeo, que incluye países no miembros
de la UE y se basa en acuerdos que establecen leyes similares a las de la UE en áreas como políticas
sociales, protección del consumidor, medio ambiente, derecho de sociedades y estadísticas.
La tercera categoría incluye acuerdos con países vecinos y periféricos de la UE, como los de
los Balcanes Occidentales, países costeros del Mediterráneo, del Golfo y de la Comunidad de
Estados Independientes (ex Unión Soviética), con el objetivo de mantener relaciones geopolíticas
vecinales y garantizar la estabilidad económica y política.
La cuarta categoría se centra principalmente en los países ACP (África, Caribe y Pacífico), de
los cuales muchos son antiguas colonias de los Estados miembros de la UE. El recién firmado
Acuerdo de Samoa incluye temas no económicos como derechos humanos, democracia y
seguridad.
La quinta categoría son los nuevos acuerdos de libre comercio con países distantes, con el
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objetivo de eliminar los efectos de la desviación del comercio y buscar la apertura del mercado y
la reciprocidad.
La difusión de los valores y normas de la UE en la cooperación con países lejanos es mínima. Esto
se debe a las grandes diferencias institucionales y de valores entre estos países, especialmente
en Asia. Podría obstaculizar la cooperación con estos países si se centra demasiado en la
construcción de una identidad unificada. A pesar de que estas regiones generalmente tienen
menos poder económico que la UE, poseen mayor capacidad de elección en cuestiones de
cooperación comercial y pueden tener alternativas.
Por ejemplo, los acuerdos de libre comercio de la UE con Singapur y Vietnam incluyen
disposiciones para proteger los derechos laborales, pero la UE tuvo que renunciar a una posición
firme en temas como los derechos humanos durante las negociaciones (McKenzie & Meissner,
2017; Navasartian, 2020).
Cuando la UE adopta estrategias de sanción en lugar de persuasión, los resultados pueden
ser más contraproducentes, como se demostró con las sanciones de la UE por problemas
de derechos humanos en Camboya, que llevaron a fortalecer las relaciones comerciales entre
Camboya y China. Se convirtió este último en el segundo destino de exportación y el primero
destino de importación de Camboya en ciertos productos, en lugar de la UE (World Bank, 2022).
Si la UE desea avanzar en la cooperación con países lejanos, debe reducir su intervención en los
sistemas y valores de otras naciones.
Debe señalarse que la falta de una visión de valores unificada no necesariamente implica
una falta de identificación de valores. En las negociaciones económicas entre China y la UE, los
estándares laborales parecen ser un obstáculo inevitable. Pero algunos académicos han señalado
que, de hecho, no hay una gran brecha entre los estándares laborales de los trabajadores chinos
y los de algunos países de la UE (Brown, 2019).
Incluso en el acuerdo de libre comercio entre la UE y Corea del Sur, se han reportado violaciones
de los derechos laborales dentro de la propia UE (Harrison et al., 2019). Los países de Asia
Oriental parecen rechazar los temas laborales en las negociones internacionales, pero en la
práctica doméstica conceden mucha importancia a la protección de trabajadores.
La Unión Europea se ha convertido en la región más integrada del mundo principalmente
gracias a la compartición de normas y valores unificados. Sin dudas, se ha demostrado que
la identificación con los valores es un camino exitoso para profundizar la cooperación regional
(Hooghe & Marks, 2005, 2009), pero esta identificación no necesariamente implica uniformidad.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos ya ha proporcionado una respuesta: la
idea de compartir conceptos se basa en el universalismo no excluyente, que no aboga por la
uniformidad sino por la coordinación de diversos sistemas legales bajo el reconocimiento de sus
diferencias.
1.3 Modelo de la ASEAN
A diferencia de los dos modelos mencionados anteriormente, la ASEAN, como una organización
compuesta por países del Sur, ha desempeñado un papel dominante en la cooperación. En este
modelos, los acuerdos comerciales son propuestos por la periferia en el esquema internacional
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económico de “centro-periferia”, con la inclusión de países desarrollados del centro, lo que
cambia el esquema a “periferia-centro”.
En ausencia de organizaciones regionales en el sudeste y noreste de Asia, la ASEAN ha
proporcionado cohesión para otras organizaciones regionales en Asia Oriental. A través del
mecanismo “10+”, la ASEAN no solo conecta a los grandes países del sudeste y noreste de Asia,
sino también al sudeste y al sur. En los últimos años, la RCEP, con los países de la ASEAN como
miembros principales, ha ampliado el alcance de la cooperación hasta Oceanía, lo que parece
demostrar que el bloque posee fuerza de cohesión para atraer la cooperación multilateral.
La RCEP fue propuesta primero por la ASEAN e integra varios acuerdos de libre comercio
“10+1” que la ASEAN había firmado previamente con China, Japón, Corea del Sur, Australia y
Nueva Zelanda, así como los acuerdos bilaterales de libre comercio firmados entre estos cinco
países. Entre China, Japón y Corea del Sur no había acuerdos regionales de comercio, solo de
inversión; la RCEP es el primer acuerdo de asociación económica firmado entre China y Japón,
y entre Corea del Sur y Japón. La ASEAN ha desempeñado un papel objetivo en la coordinación
de las relaciones entre grandes y medianos países (Zheng, 2014).
La ASEAN y la Unión Europea, como organizaciones de cooperación entre países, muestran
diferencias claras en sus preferencias de cooperación. Los miembros de la ASEAN, que obtuvieron
su independencia del colonialismo, muestran una preferencia por un diseño institucional con
bajo costo de soberanía y cumplimiento voluntario (Kahler, 2000), lo que facilita la cooperación
entre economías con grandes diferencias. Esta preferencia se refleja plenamente en el diseño del
tratado de la RCEP.
La RCEP no ha separado el desarrollo en un capítulo independiente, pero ha establecido
disposiciones específicas sobre el desarrollo de los miembros menos avanzados en el capítulo de
cooperación económica y técnica. Los estándares en el acceso al mercado, inversión y regulación
son comparativamente bajos, lo que permite a los países conservar mayor autonomía política
(Sun & Lei, 2022).
La ASEAN ha logrado revertir el esquema “centro-periferia” por dos razones: en primer lugar,
los países que la integran han mejorado su poder económico total a través de la cooperación,
convirtiéndose en la quinta mayor economía del mundo y en la cuarta mayor región de comercio
exterior. En segundo lugar, las características del “modelo ASEAN” han dado ventaja en los temas
de cooperación comercial regional (Yuzawa, 2011)
La región de Asia Oriental no carece de grandes economías fuertes, pero la competencia entre
estas podría fácilmente llevar a un estancamiento. El modelo de la ASEAN, basado en el respeto
a la soberanía, la no interferencia en asuntos internos y el consenso, en lugar de la imposición
externa injusta, ha promovido la cooperación regional.
1.4 Modelo de Mercosur
Al igual que la ASEAN, el Mercosur también está compuesto por países del Sur. En cuanto a la
cooperación externa, ambos adoptan una actitud de regionalismo abierto (Alperstein, 1997). El
Mercosur ha firmado acuerdos de libre comercio con países del Medio Oriente y de los Andes, y
también planea cooperar con países asiáticos.
La unión de los países miembros del Mercosur ha reunido abundantes recursos naturales
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y ha formado un enorme mercado de consumo, lo que lo hace atractivo para otras regiones y
países del mundo. Esto le ha dado al Mercosur una ventaja en el poder estructural de los temas
de cooperación comercial.
Sin embargo, en su diseño institucional, el Mercosur sigue el modelo de mercado común
de la Unión Europea (Duina, 2007) y, en términos de integración, va un paso más allá que la
ASEAN al establecer una unión aduanera. Teóricamente, los miembros del Mercosur y los de la
Unión Europea son similares y comparten antecedentes históricos y culturales. En ese sentido, el
modelo de la UE funcionaría con éxito en esta región sudamericana.
No obstante, es importante anotar que, en algunas situaciones, el Mercosur no puede presentar
una voz unificada en la cooperación externa, lo que obstaculiza el desarrollo de esa cooperación.
Específicamente, la unión aduanera no ha desempeñado el papel de profundizar la integración;
por el contrario, se ha convertido en un obstáculo para la cooperación. Los conflictos entre
Argentina y Brasil han impedido la institucionalización de la unión aduanera, y los acuerdos
bilaterales de comercio de los países miembros con terceros podrían desmantelar el concepto de
la unión aduanera.
En las negociaciones del acuerdo de libre comercio con la Unión Europea, Brasil para proteger
sus propios intereses económicos, se opuso a las cláusulas sobre contribuciones autónomas al
clima, lo que obstaculizó las negociaciones del acuerdo comercial interregional (Nolte & Saraiva,
2021). La falta de una voz unificada dificulta que el Mercosur alcance acuerdos con terceros.
El nivel de desarrollo económico dentro del Mercosur no es uniforme ya que incluye tanto a
Chile, con un alto grado de apertura económica, como a Brasil y México, dos grandes economías
regionales, y también a países más vulnerables como Bolivia, Paraguay y Perú. Cómo buscar el
equilibrio en el desarrollo y considerar a los países más débiles en el libre comercio es un desafío
que enfrentan los líderes del Mercosur.
Aunque el modelo de la Unión Europea es uno de los ejemplos de integración regional, es
importante tener en cuenta las características propias de América Latina. Acharya (2010) propuso
la “localización normativa”, es decir, “la construcción activa de ideas extranjeras por actores
locales”, y sugirió que las estrategias de difusión normativa que se adaptan a las sensibilidades y
contextos locales siempre tienen más éxito que aquellas que intentan ignorarlas o reemplazarlas.
2. Nuevas tendencias de los ACRs en comparación con los tradicionales
Horizontalmente, los diferentes modelos de ACR tienen sus propias características distintivas
cuando se comparan según las regiones o los países dominantes, como se ha comentado en el
capítulo anterior. Verticalmente, existen nuevas tendencias en los ACRs en comparación con los
anteriores. En cuanto a los actores dominantes en los acuerdos, los países del Sur son cada vez
más activos. Con respecto a la relación entre los acuerdos, se ha vuelto más compleja, con la
posibilidad de que haya más conflictos de normas. En términos de los contenidos normavitos,
los nuevos acuerdos comerciales presentan más innovaciones que rompen con el sistema de la
OMC.
2.1 Países del Sur: De la participación al liderazgo
Los países del Sur están tenido un papel más protagónico al logar que el desarrollo económico
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regional sea más inclusivo. Por ejemplo, el RCEP, un acuerdo comercial regional liderado por los
países del Sur -específicamente la ASEAN-, se centra más en los intereses de desarrollo propios
y la integridad soberana, y proporciona un trato especial y diferenciado a los países menos
desarrollados. Por lo tanto, los estándares en cuanto a acceso al mercado, inversión y regulación
son más bajos en comparación con el CPTPP (Quan, 2022), lo que les permite a los países
mantener una mayor autonomía en sus políticas.
Además, el RCEP incluye trato preferencial especial y diferenciado para los países menos
desarrollados. Las normas comerciales y de inversión del RCEP son menos estrictas y están
más orientadas a proporcionar un trato especial diferenciado a los países menos desarrollados y
atender mejor las necesidades de los países del Sur.
En América, el Mercosur está llevando a cabo activamente negociaciones con países fuera
de la región, como Canadá, Singapur, Corea del Sur, Líbano y la Asociación Europea de Libre
Comercio. Entre estos, el acuerdo con Singapur ha logrado resultados significativos: estipula
que Singapur eximirá de aranceles a todos los productos importados del Mercosur, mientras
que el Mercosur eximirá al 95.8% de los productos de Singapur, con la eliminación de aranceles
implementándose gradualmente en un plazo de 15 años (Instituto de Negocios Internacionales,
2024).
Los miembros del Sistema de Integración Centroamericana (SICA) y Corea han llegado a un
conjunto de tratados de libre comercio, lo que puede aliviar en cierta medida la alta dependencia
de Centroamérica de Estados Unidos y mejorar su capacidad de negociación con otros países
desarrollados.
2.2 Aumento de la posibilidad de conflictos de normas regionales
Para abordar los posibles conflictos entre las reglas de diferentes acuerdos comerciales, Jagdish
Bhagwati (1995) propuso el fenómeno del “plato de espaguetis” para describir los distintos
tratamientos preferenciales y reglas de origen de cada acuerdo. Estas reglas se asemejan a los
espaguetis en el plato, enredándose unas con otras.
La experiencia del RCEP muestra que los conflictos de los acuerdos bilaterales pueden
integrarse mediante un acuerdo comercial regional. Desde que se propuso el concepto de “Área
de Libre Comercio de la ASEAN” en 1992, la Asociación ha firmado acuerdos de libre comercio
con seis socios comerciales: China, Japón, Corea del Sur, India, Australia y Nueva Zelanda.
Las diferencias en las reglas entre estos acuerdos han aumentado los costos de cumplimiento
para los países de la ASEAN. Por ejemplo, en cuanto a las reglas de origen, actualmente coexisten
múltiples certificados de origen preferencial en varios acuerdos de libre comercio en la región. Si
una empresa desea exportar productos a múltiples destinos o importar desde múltiples países
de origen (o regiones) para disfrutar de las tasas arancelarias preferenciales otorgadas por los
acuerdos de libre comercio, debe cumplir con varias reglas de origen.
El RCEP ha simplificado considerablemente estas diferencias entre acuerdos comerciales, y
ha creado mejores condiciones para el movimiento y la asignación de bienes, servicios, capital,
personas y tecnología a bajo costo entre los miembros.
Sin embargo, aún carecemos de reglas ampliamente aplicables para resolver los conflictos
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entre los ACRs. Además de las consultas políticas, los conflictos de tratados pueden resolverse
mediante cláusulas de conflicto dentro de los propios acuerdos comerciales, pero esto podría
llevar a trances entre las propias cláusulas de conflicto. Por ejemplo, si la cláusula A estipula que
el Acuerdo A tiene prioridad y la cláusula B estipula que el Acuerdo B tiene prioridad, no está
claro cuál de las dos debe prevalecer.
El artículo 30 de Convención de Viena sobre el derecho de los Tratados ofrece disposiciones
para resolver los conflictos de tratados8 , pero la premisa de aplicación a “la misma materia”
claramente no se adapta al aumento de cuestiones no comerciales (United States, 2006). “La
misma materia” enfatiza la consistencia del objeto, pero ignora la conexión en términos de función
y propósito.
Por ejemplo, los derechos humanos y el comercio aparentemente no son la misma materia,
pero enfatizar la protección de los derechos humanos puede llevar a que los productos de un país
que no cumplan con ciertos estándares laborales de un acuerdo comercial regional enfrenten
restricciones comerciales. La protección de los derechos humanos y los estándares laborales
pueden obstaculizar completamente la consecución de objetivos comerciales, lo que indica que
las cláusulas de diferentes materias aún pueden entrar en conflicto.
2.3 Nuevas reglas que rompen con el Sistema de la OMC
Los nuevos ACRs recientemente firmados van más allá de los temas tradicionales de la Organización
Mundial Comercio. Además de abordar la reducción de barreras comerciales, la certificación,
las pruebas de productos y la inspección y cuarentena de animales y plantas, también incluyen
nuevas cuestiones como reglas de inversión, comercio digital, propiedad intelectual, neutralidad
competitiva, empresas estatales, políticas de subsidios, gobierno corporativo, protección
ambiental, estándares laborales, políticas macroeconómicas y problemas de tipos de cambio.
Estos acuerdos también buscan establecer estándares superiores a los de la OMC. Por ejemplo,
en cuanto a la reducción de aranceles, el CPTPP eliminará gradualmente en un plazo de 10 años,
el 99% de los aranceles sobre productos agrícolas e industriales.9 El Acuerdo Económico UE-
Japón establece que Japón aplicará un arancel cero al 97% de los productos importados de la
UE, mientras que la UE aplicará arancel cero al 99% de las importaciones procedentes de Japón
(Comisión Europea, 2019). En el caso del RCEP, se estipula una reducción arancelaria del 90%
de los bienes dentro de un período de 10 años.10
Además de los avances en las reglas sustantivas, los ACRs enfrentan conflictos en las reglas
de procedimientos con la OMC. Existe una disputa sobre la jurisdicción entre los mecanismos de
resolución de disputas internos de los acuerdos regionales y los de la OMC. En general, los ACRs
ofrecen tres opciones para la selección del foro de disputas (Alajmi, 2021):
1. Elección libre entre la OMC o el acuerdo regional, con exclusión de otros foros una vez
elegido.
2. Exclusión total del mecanismo de resolución de disputas de la OMC.
8Convención de Viena sobre el derecho de los tratados internacionales o entre organizaciones internacionales. (Enero de 1980). Artículo 30.
9Comprehensive and Progressive Agreement for Trans-Pacific Partnership (CPTPP). (Diciembre de 2018). Artículo 2.4.
10Regional Comprehensive Economic Partnership (RECP). (Enero de 2022). Article 4-5, Anexo 1.
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3. Exclusión del mecanismo de resolución de disputas de la OMC en asuntos específicos.
La cuestión de si los mecanismos de resolución de disputas de la OMC deben cumplir con las
cláusulas de exclusión establecidas por los acuerdos regionales sigue siendo objeto de debate.
Las diferencias entre las reglas sustantivas de los acuerdos regionales y las de la OMC aumentan
la complejidad en la resolución de conflictos. Cuando los acuerdos regionales y las reglas de la
OMC difieren, no está claro qué regulaciones deben aplicarse al recurrir a los mecanismos de
resolución de disputas de la OMC o de los ACRs.
3. Realizar la globalización comercial vía los ACRs abiertos
El comienzo del artículo señala un fenómeno: la profundización y proliferación de los acuerdos
comerciales regionales. A través de un análisis en este capítulo, se ha descubierto que esta
situación se debe a los cambios en la estructura de poder global, mientras que el sistema de la
OMC existente no puede adaptarse a estas nuevas dinámicas.
En número de frimantes de los ACRs son menos que los de acuerdos de la OMC, lo que
permite un proceso de negociación más flexible y un contenido de los acuerdos más acorde con
las necesidades de los países firmantes, convirtiéndose en una opción preferida para muchos.
Debemos adaptarnos a la tendencia de crecimiento y profundización de los acuerdos
comerciales regionales, reconociendo su dualidad, y tomar medidas para establecer reglas
comerciales regionales abiertas que permitan que estos acuerdos contribuyan positivamente al
crecimiento económico global.
3.1 Las razones profundas del aumento explosivo de los ACRs
El crecimiento del poder económico de los países emergentes ha alterado el orden económico
mundial establecido, con la disminución de la ventaja competitiva de las tradicionales potencias
económicas occidentales como Estados Unidos. Esto ha provocado un cambio histórico en la
distribución de los beneficios del comercio global, pero el sistema y las normas de la OMC no
se han ajustado adecuadamente para adaptarse a esta nueva realidad, lo que ha generado
insatisfacción entre todas las partes.
El sistema de la OMC, que continúa la estructura del Acuerdo General sobre Aranceles y
Comercio (GATT) establecido en 1947, se caracteriza por el dominio de los miembros desarrollados
como Estados Unidos y Europa, mientras que los extensos miembros en desarrollo han sido
pasivamente aceptados, lo que ha resultado en una distribución desigual de poder.
Después de la Segunda Guerra Mundial, el intento original de los países de promover la
liberalización del comercio internacional a través de la “Carta Internacional de Comercio” fracasó
debido a la fuerte oposición del Congreso de Estados Unidos, lo que llevó a los representantes
a recurrir a las reglas provisionales existentes dentro del GATT, formando así el “Protocolo de
Aplicación Provisional”. La aplicación provisional del GATT continuó hasta que fue reemplazada
por la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 1995.
Durante la toma de decisiones importantes, predominó el modelo de “Negociación en la Casa
Verde” (Green House Negotiation), donde un pequeño grupo de miembros desarrollados primero
negociaba y luego obligaba a otros a aceptar, lo que resultó en que los intereses de los extensos
miembros en desarrollo no se reflejaran adecuadamente, generando críticas anticipadas (Steger,
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2009).
Con el cambio en el poder político y económico debido a la división internacional de cadenas
de producción, los países del Sur ya no están dispuestos a seguir las reglas impuestas por las
tradicionales potencias mundiales, sino que, en cambio, buscan participar activamente en la
formulación de las normas internacionales de comercio e inversión y que su voz sea escuchada
en el escenario económico global.
Durante las negociaciones de la Ronda de Doha, grupos de interés del Sur como el Grupo de
los 20 en materia agrícola (G20), el Grupo de los 33 (G33) y el Grupo de los 90 (G90) han tenido
una presencia notable, como mediadores activos y defensores de sus legítimos intereses.
Otra razón por la cual los países se han alejado de las negociaciones de la OMC en favor
del regionalismo es la regla de “consenso”. Desde 2000, se ha señalado que la necesidad de
unanimidad puede convertirse en un obstáculo y resultar en un estancamiento, un punto muerto y
el fracaso a medio camino (Jackson, 2001). Esta regla de consenso parece proteger la democracia,
pero en realidad permite a las potencias fuertes vetar acuerdos e impedir que los países del Sur
utilicen su mayoría para alcanzar acuerdos justos.
Esto refleja una desigualdad sustantiva causada por la disparidad económica. En las
negociaciones, solo hay dos resultados posibles: los países más débiles sacrifican sus intereses
para alcanzar un acuerdo o las partes involucradas no pueden llegar a un consenso bajo las
mismas reglas.
Finalmente, la incapacidad del mecanismo de negociación multilateral de la OMC para llegar
a acuerdos sobre nuevas cuestiones como propiedad intelectual, normas laborales, comercio
digital e inversión internacional ha oscurecido las perspectivas internacionales de comercio
guiado por normas. Las propuestas más estrictas y estándares más altos presentados por los
países desarrollados han contribuido al estancamiento actual en las negociaciones.
Los miembros con una disminución de confianza en las oportunidades comerciales están
recurriendo a acuerdos de comercio regional en busca de un desarrollo económico eficiente,
transparente y predecible. Como resultado, los países están participando activamente o formando
acuerdos de comercio regional, ya que fuera de las organizaciones de comercio regional los
miembros son más propensos a perder preferencias comerciales.
3.2 Apertura y exclusividad: La dualidad de los ACRs
La investigación económica muestra que, aunque las normas comerciales internacionales
descuidan los intereses de los países del Sur, la globalización ha fomentado el crecimiento
económico en estos países (Suci et al., 2015) (Samimi y Jenatabadi, 2014). La globalización
económica representa el camino ideal hacia la prosperidad global, pero los problemas inherentes
requieren esfuerzos conjuntos de todos los países (Marquardt, 2005). Es crucial reconocer que
la globalización es un proceso histórico prolongado para la humanidad. A pesar del crecimiento
acelerado posterior a la Guerra Fría, es inevitable que haya retrocesos y contratiempos. En
general, persisten numerosas barreras, divisiones y obstáculos en el mundo.
Actualmente, la evaluación y las propuestas de reforma de las antiguas reglas de la OMC, así
como los emergentes ACRs, representan prácticas para corregir problemas existentes. Los ACRs
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ideales están alineados con los objetivos de la globalización económica, que buscan fomentar la
cooperación entre países.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que los ACRs también pueden intensificar las
tensiones entre países o regiones, lo que podría conducir a un estancamiento prolongado en el
proceso de globalización económica. El conflicto entre Rusia y Ucrania ha proporcionado a los
países tradicionalmente poderosos argumentos convincentes para adoptar medidas confrontativas
en nombre de la seguridad nacional.
La crisis energética en Europa ha llevado a los países tradicionalmente poderosos a proponer
que el suministro de productos clave no solo no debería provenir de Rusia, sino tampoco de
ningún país que no sea “amigo”, introduciendo así el término “círculo de amigos” en el vocabulario
del comercio internacional (Reed y Goldberg, 2023).
Además de la “seguridad nacional”, los países tradicionalmente poderosos también han utilizado
el argumento de la “equidad”. Naciones como Estados Unidos, en representación de los países
poderosos, enfatizan la “fair and reciprocal free trade” (National Security Strategy, 2017) en los
ACRs e ignoran las disparidades en el nivel de desarrollo económico entre los países del Sur,
todo ello para proteger sus propios intereses y restringir el espacio para el desarrollo económico
de esas naciones.
A principios del siglo XXI, el economista estadounidense Bagwati (1988) señaló que lo que
Estados Unidos denomina “equidad” no era más que una estrategia deliberada para provocar
conflictos y adoptar estrategias de confrontación bilateral, que podían fácilmente derivar en
alguna forma de proteccionismo comercial.
Bagwati argumentó que, bajo esta confrontación bilateral, los países poderosos podrían
responder con represalias y dar lugar a conflictos comerciales, mientras que los países más
débiles podían ceder, pero guardando rencor. Ninguno de estos resultados es beneficioso para
el desarrollo económico global: los conflictos naturalmente aumentan los costos comerciales, y
las concesiones también afectan negativamente al crecimiento económico. Transferir el comercio
desde socios débiles a Estados Unidos no es una apertura de mercado, sino que implica reducir
la producción de proveedores más eficientes, pero más débiles, para incrementar la producción
en EE. UU.
En la actualidad, se ha aumentado la importancia de argumentos como la “seguridad nacional”
y los “derechos humanos”. En comparación con principios del siglo XXI, los conflictos han pasado
de ser bilaterales a regionales. La globalización económica ha profundizado la interdependencia
entre los países, y ninguno puede desconectar completamente su cooperación internacional.
Sin embargo, la cooperación regional dominada por países tradicionalmente poderosos aún
lucha contra la tentación del proteccionismo. Tanto si se trata del acuerdo T-MEC, establecido
deliberadamente bajo el lema “America First” de Estados Unidos, como de los persistentes
esfuerzos de la UE por promover sus valores comunes en la cooperación regional, los ACRs
finalmente reflejan efectos exclusivos que intensifican las tensiones entre los países del Sur y los
tradicionalmente poderosos.
3.3 La implementación práctica de los ACRs abiertos
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Un acuerdo de comercio regional que avance en paralelo con la globalización económica debe
cumplir ciertos requisitos previos. En este sentido, el economista Viner (1982) propone los
conceptos de creación y desviación del comercio al analizar los efectos de acuerdos de comercio
libre. Su teoría implica que la integración económica regional es una combinación de libre comercio
y proteccionismo, lo que puede generar efectos positivos y negativos en el bienestar económico
general.
Si la creación del comercio supera las pérdidas por desviación, la globalización y la regionalización
económica pueden complementarse. Desde el punto de vista legal, para que los ACRs cuenta
con ese efecto positivo, no se debe violar las disposiciones del Artículo 24 del GATT/OMC, que
prohíbe que los ACRs aumenten las barreras al comercio exterior de la región.
En términos de diseño institucional, los ACRs abiertos se destacan por su inclusividad y apertura
hacia países con diferentes sistemas. Es innegable que la coordinación normativa es necesaria
para profundizar la cooperación, pero los acuerdos de comercio regional pueden equilibrar la
coordinación normativa y la autonomía política mediante disposiciones de excepción o acuerdos
modulares.
Por ejemplo, el CPTPP, con sus reglas económicas y comerciales centradas en la convergencia
reguladora y el principio de no discriminación, representa un desafío significativo para los países
en desarrollo, especialmente aquellos con heterogeneidad institucional. Pero no se olvida de que
los miembros del CPTPP pueden reservar espacios mediante listas de excepciones y medidas
no conformes para proteger su derecho a decisiones y desarrollos nacionales, lo que demuestra
que el acuerdo aún mantiene cierto grado de inclusividad y adaptabilidad. La salida de Estados
Unidos y la reducción de las barreras de entrada han aumentado, de hecho, la atracción del
CPTPP.
Los acuerdos modulares también facilitan la inclusión de miembros con diferentes preferencias.
Un ejemplo reciente de un acuerdo modular es el Acuerdo de Asociación de Economía Digital
(DEPA). A diferencia de muchos acuerdos internacionales comerciales restrictivos y cerrados,
el DEPA es esencialmente un régimen de compromisos no integrales que utiliza una estructura
y un enfoque modular, lo que permitir que las economías que se adhieren al acuerdo elijan
módulos específicos y cumplan con las obligaciones correspondientes según sus circunstancias
particulares.
Este diseño modular abierto no solo permite a más economías unirse de manera flexible al
acuerdo seleccionando áreas específicas de cooperación, sino que también facilita la formación
de consensos y cooperación en campos particulares.
Además, es importante manejar los conflictos entre los acuerdos de comercio regional. Algunos
pueden resolverse mediante las reglas de la OMC y otros tratados internacionales existentes. Sin
embargo, los conflictos de fondo entre acuerdos a menudo se deben a diferencias en los objetivos
o conceptos de los propios acuerdos, por lo que la negociación directa y el mantenimiento del
objetivo de desarrollo equilibrado deben ser el enfoque ideal para resolverlos.
A nivel de los acuerdos de comercio regional, los acuerdos que incluyen países del Sur como
partes constituyentes reflejan una consideración especial hacia los intereses de estas naciones.
El objetivo de promover el desarrollo equitativo entre las partes debe mantenerse consistente en
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las disposiciones de resolución de conflictos.
A pesar de que las negociaciones y consultas en las relaciones económicas son inherentemente
una lucha de intereses nacionales, también se debe trabajar para reducir el dominio hegemónico y
la opresión política de los países fuertes y buscar el establecimiento un escenario de cooperación
económica mutuamente beneficiosa.
4. Conclusiones
En la actual etapa, el aumento significativo de los acuerdos de comercio regional es inevitable.
El propio sistema de la OMC refleja el dominio de los intereses de los países tradicionalmente
fuertes, además de su mecanismo de toma de decisiones basado en el “consenso” y su actitud
conservadora hacia los nuevos temas, lo que impide adaptarse a los cambios en el poder
económico entre los países del Sur y los tradicionalmente fuertes.
Las reglas internacionales de comercio han llegado a un punto en el que es inevitable una
reconstrucción. Frente a la crisis del sistema de la OMC, los acuerdos de comercio regional
representan una forma crucial de mantener la cooperación económica entre los países y al mismo
tiempo son un campo de prueba para la reforma de las normas internacionales de comercio.
Al analizar cómo los temas regionales se reflejan en la cooperación comercial, se observa
que el modelo del T-MEC muestra características que priorizan los intereses de los países
tradicionalmente fuertes, mientras que el modelo de la UE persigue la uniformidad en normas y
valores basados en su propio modelo. Ambos tienen como núcleo a los países tradicionalmente
fuertes, contribuyen poco a romper el patrón de “centro-periferia” y presenta resistencia a integrar
a los países del Sur.
En cambio, el modelo de ASEAN y el Mercosur son liderados por países del Sur, reflejan en
su diseño institucional un cuidado especial por los intereses de desarrollo de los países del Sur
y contribuyen a revertir el patrón de “centro-periferia”. La diferencia de los dos modelos del Sur
radica en que el de ASEAN hace hincapié en la inclusión de la diversidad y muestra preferencia
por un diseño institucional con bajos costos de soberanía y cumplimiento voluntario, lo que
facilita la participación de países con instituciones diversas.
Además de las diferencias entre los distintos modelos, hay una tendencia común en los nuevos
acuerdos de comercio regional: el aumento del liderazgo de los países del Sur y la introducción
de nuevas normas que desafían el sistema de la OMC, lo que hace aún más complejos los
problemas de conflicto de cláusulas en los acuerdos de comercio regional.
Ya sea en las características distintivas de diferentes modelos o en las tendencias comunes de
los acuerdos de comercio regional, todas derivan de la naturaleza dual inherente a los ACRs. La
cooperación regional es intrínsecamente una combinación de proteccionismo y libre comercio,
con acuerdos dominados por el proteccionismo que muestran tendencias exclusivas, mientras
que aquellos dominados por el libre comercio exhiben apertura e inclusividad.
Los países deben estar alertas ante la posibilidad de que los acuerdos de comercio regional
se deslicen hacia el abrazo del proteccionismo y mantengan en el diseño institucional de la
cooperación regional un enfoque de ganar-ganar entre los signatarios y una apertura hacia los
países terceros.
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