Gobernar sin gobierno la integración

centroamericana. Apuntes para una reforma

del SICA.

Gobernar sin gobierno la integración centroamericana. Apuntes

para una reforma del SICA.

Resumen

En este trabajo se presenta un estudio teórico y empírico sobre la gobernanza del SICA y sus repercusiones sobre el proyecto integracionista. Se sostiene que el problema de gobernanza del SICA no se encuentra tanto en el número ni en el coste de

órganos y agencias, sino en un cúmulo de deficiencias

vinculadas al diseño institucional y a la falta de compromiso de los actores gubernamentales con el marco de integración vigente. El modelo actual, basado en el control intergubernamental de los órganos de gobierno, no es adecuado para alcanzar los objetivos de la integración ni para llevar a cabo con

éxito un proceso de regionalización que propicie la

construcción de una región.

Palabras clave

Gobernanza regional, integración centroamericana, diseño institucional, intergubernamentalismo, regionalización

Investigador 1 Francisco Santos Carrillo

Abstract

This paper presents a theoretical and empirical study on the governance of SICA and its repercussions on the integrationist project. It is argued that the problem of governance of SICA is not so much in the number or the cost of organs and agencies, but in a

cluster of deficiencies linked to institutional design and the lack of commitment of government actors to the current integration framework. . The current

model, based on the intergovernmental control of the governing bodies, is not adequate to achieve the objectives of integration or to successfully carry out a process of regionalization that favors the construction of a region.

Key words

Regional governance, Central American integration, institutional design, intergovernmentalism, regionalization

1Investigador. Profesor del Departamento de Estudios Internacionales de la Universidad Loyola Andalucía e investigador de la Fundación ETEA para el Desarrollo y la Cooperación. Doctor por la Universidad de Córdoba (España), Máster en Estudios Contemporáneos de América Latina por la Universidad Complutense de Madrid y Licenciado en Geografía e Historia. Profesor titular y miembro del Comité Académico del Máster en Integración Regional Centroamericana y Desarrollo de la UCA Managua, UCA José Simeón Cañas de El Salvador y Universidad Rafael Landívar de Guatemala.

Recibido: 13 de junio de 2018. Aprobado: 19 de junio de 2018.

Francisco Santos (2018). Gobernar sin gobierno la integración centroamericana. Apuntes para una reforma del SICA.

1. Introducción: desarrollo para la región (Caldentey, 2014).

El cuestionamiento sobre el funcionamiento del

Sistema de Integración Centroamericano (SICA) es uno

de los temas recurrentes en la agenda de la integración

centroamericana desde su reactivación. Y con razón.

A lo largo de estas casi tres décadas de refundación se

evidencian una serie de deficiencias relacionadas con la falta de eficacia de sus políticas, la baja capacidad

para el cumplimiento de mandatos y con una débil coordinación sistémica. El sistema presenta también

debilidades manifiestas en aspectos esenciales

como la concentración de poder en determinados

órganos, la inexistencia de un presupuesto sistémico

o la configuración institucional de algunos de sus

órganos principales, que no cuentan con atribuciones funcionales claras ni con el reconocimiento de todos los Estados miembros. Todo ello ha propiciado un

clima de descontento y desconfianza hacia el proceso

en buena parte de los actores involucrados, cada uno con sus propias razones, cuya reacción habitual es la tendencia a pensar que el sistema se encuentra en un estado de crisis de gobernanza casi permanente.

Por lo general, esta situación lleva consigo aparejada una demanda de reforma del Sistema que se

intensifica en los momentos de agotamiento de la

agenda. Todo parece indicar que nos encontramos en uno de esos momentos. En materia de inserción

en los mercados internacionales, finalizaron procesos clave como la firma del DR-CAFTA o el Acuerdo de

Asociación con la Unión Europea, mientras que quedó estancado el proyecto de conformación de la unión

aduanera. En lo que se refiere a la agenda interna, la

estrategia del relanzamiento parece haber perdido impulso tras los magros resultados ofrecidos por la mayoría de las políticas desplegadas, especialmente

algunas que llegaron cargadas de expectativas,

como la Estrategia de Seguridad Centroamericana

(ESCA) o las reformas vinculadas al fortalecimiento

institucional. Finalmente, el apoyo procedente de la cooperación internacional se ha visto reducido como resultado de la crisis económica sufrida por una parte importante de los países donantes, que han

reducido sustancialmente el flujo de fondos. tras la importante reducción del flujo de fondos propiciado.

Algunos observadores han vinculado este proceso al agotamiento de Esquipulas como proyecto de

Pensando en la posibilidad de reforma, es necesario preguntarse qué tipo de reforma necesita la

integración y si existen las condiciones adecuadas

para llevarla a cabo. El regreso de los problemas de gobernabilidad que atraviesan en estos momentos buena parte de los Estados miembros quizás no sea

el mejor momento para construir confianza, alcanzar

consensos y profundizar la cooperación. Sin embargo,

una posible modificación del escenario podría traer

consigo oportunidades. En ese caso convendría

extraer aprendizajes de las experiencias de reforma

anteriores y analizar en profundidad el conjunto de problemas que aquejan a la integración.

Las primeras acciones de reforma institucional se localizan en fecha tan temprana a la reactivación

como 1997 y, si bien ha registrado algunos avances significativos en materia de capacidades (Caldentey, 2014), a día de hoy no ha sido capaz de resolver los

principales problemas de gobernanza del Sistema, la mayoría de los cuales se planteaban ya por aquellas

fechas (Caldentey, 2014; Santos, 2014, Santana, 2015). Desde el primer mandato presidencial a tal

efecto -emitido en la XVI Cumbre de los Presidentes Centroamericanos celebrada en San Salvador el

30 de marzo de 1995, por la que se solicitó al BID

y a la CEPAL que efectuaran “una evaluación a la gestión operativa de los órganos e instituciones de la integración centroamericana, para proceder a su modernización”, la demanda de reforma se sustenta

en la necesidad de alcanzar mayor eficacia y eficiencia

de sus procedimientos y resultados1. A grandes rasgos, estos argumentos se han mantenido durante

los cuatro procesos abiertos hasta la fecha (Santos, 2014; Caldentey, 2014), respaldados por un consenso

acerca de la complejidad e irracionalidad que supone contar con una voluminosa y costosa estructura

que presenta una hoja de servicios con insuficientes

resultados. Sin embargo, como ya señalase el propio

informe CEPAL-BID hace dos décadas, la existencia de

un alto número de órganos y agencias no tiene por qué

relacionarse con términos de ineficacia o ineficiencia.

Más bien podría ser un importante instrumento de regionalización mediante la generación de relaciones trasnacionales y transgubernamentales capaces de generar redes de interdependencias que fomenten un tipo de integración social dese abajo. De la misma

1 Ver XVI Cumbre de los Presidentes Centroamericanos, celebrada en San Salvador, El Salvador, el 30 de marzo de 1995. En http://www.sica.int/consul

ta/reuniones.aspx?Idm=1&identstyle=401&ident=1&idm=1 . Entrada 18 de mayo de 2018

manera, la descentralización mediante una adecuada red de agencias multinivel podría dar lugar a un

accionamiento común eficiente (CEPAL-BID, 1997).

Conformada como Sistema, la estructura del SICA no surgió realmente como tal. Fue el resultado de la agregación de múltiples órganos e instituciones heredadas y de la tendencia a la creación de otros tantos nuevos espacios en virtud de la profusión de mandatos emanados desde la Cumbre de Presidentes. En sintonía con la más genuina tradición del ejercicio

de la política latinoamericana (Lechner, 1977 y Camou, 2001), la integración centroamericana fue

un proyecto eminentemente político, y como tal se preocupó fundamentalmente de la gobernabilidad del espacio regional, estableciendo las bases para el ejercicio de los procesos de toma de decisiones. Pero

no fue tan cuidadoso a la hora de definir las acciones

de gobernanza en un espacio gubernamental difuso que va más allá de la cooperación entre Estados. Esto

significa atender sobre qué bases se establecerían los

procesos de acción colectiva y toma de decisiones y quiénes serían los actores y las instituciones que participarían en dicho ejercicio.

En un mundo determinado por el impacto de las dinámicas globales, la gobernanza democrática actual demanda que la acción de gobierno y los procesos de toma de decisiones sean compartidos con los actores no gubernamentales y con instituciones formales e informales. Esto último requiere contar con algunas de las cualidades que, a primera vista, se

advierten deficitarias o cuanto menos ambiguas en

la construcción institucional del SICA. En términos estrictamente teóricos, tanto desde el punto de vista de las teorías del regionalismo como de política comparada, requiere, al menos, capacidades y competencias por parte de las instituciones y agentes que ejercen y participan en el gobierno; requiere también un diseño jurídico, político e institucional

coherente, que cuente con la legitimidad y la confianza de la comunidad política y social; y, finalmente, requiere una financiación suficiente que no distorsione

ni obstaculice el ejercicio de gobierno y de una

administración eficiente legalmente impecable.

De entre las razones que, a priori, ofrecen una

explicación plausible a la situación de la gobernanza

que aquí se ha descrito, este trabajo se va a centrar en las dos consideradas como principales: la escasa idoneidad del diseño institucional del SICA y la

inexistencia de una metodología integracionista que permita alcanzar con eficacia los objetivos de la

integración. Con el ánimo de ofrecer insumos para el debate acerca de un posible proceso de reforma, el trabajo que se presenta a continuación sostiene que el problema de gobernanza del SICA no se encuentra tanto en el número ni en el coste de órganos y agencias,

sino en un cúmulo de deficiencias vinculadas al diseño

institucional y a la falta de compromiso de los actores gubernamentales con el marco de integración vigente. No obstante, el problema de gobernanza se formula aquí, principalmente, como resultado de la escasa racionalidad sistémica. El problema de la racionalidad del diseño institucional es más determinante y, como se ha demostrado a lo largo de estos años, no se resuelve

únicamente actuando con reformas superficiales

sobre órganos y agencias. Se trata de un problema de modelo que presenta incoherencias entre los objetivos comunitarios y los métodos intergubernamentales que dominan el proceso de toma de decisiones. Desde un punto de vista racionalista, hablamos de un modelo que formula instrumentos de política regional

pero que tiene dificultades para hacerlos efectivos

al no conseguir articular las preferencias de los principales actores: concentra el poder, no dispone de espacios que representen los intereses regionales, ni de un diseño institucional que ofrezca garantías sobre los procesos de gobernanza, de coordinación y de

agencia (Santos, 2016). En términos constructivistas, dificulta la construcción social de la región al dificultar

la socialización de los actores a través de las normas

e identidades regionales. En definitiva, el modelo

actual no es adecuado para alcanzar los objetivos de la integración centroamericana ni para llevar a cabo

con éxito un proceso de regionalización que propicie la construcción de una región (De Lombaerde y Söderbaum, 2013; Van Langenhove, 2016).

Las dos cuestiones de fondo que, no obstante, subyacen en este debate son, primero, si políticamente

existen los consensos necesarios en la región para

afrontar los costes de una reforma del modelo de este calado. Es decir, si los Estados miembros comparten

la misma o similar idea acerca del significado de la integración y si han definido cuáles son sus intereses dentro de la misma. Y, segundo, si la región cuenta

con las capacidades necesarias para gestionar con

eficacia una gobernanza sin gobierno (Rosenau, 1992). Una reforma que, básicamente, contemplaría

la necesidad de diferenciar entre la implementación de acciones regionales mediante el método integracionista o acciones mediante el método tradicional de la cooperación intergubernamental.

Una y otra no son incompatibles ni excluyentes

dentro de un sistema de integración, cada una de ellas responden a objetivos diferenciados y a la coyuntura del momento. La infraestructura institucional de la integración centroamericana podría dar cobertura a ambas modalidades, pero se necesita diferenciarlas y dotarlas de los instrumentos jurídicos y políticos

específicos para operar con ciertas garantías de éxito.

Hasta ahora, lo que se observa en el SICA es que sólo se cuenta con algunos instrumentos para ejercer el método de cooperación intergubernamental. La

experiencia muestra que este tipo de consensos son muy difíciles de alcanzar en contextos estrictamente

intergubernamentales debido a la prevalencia de las preferencias nacionales. Con esta premisa,

comúnmente aparecen dificultades para conformar

una agenda común, divergencias a la hora de entender qué es una agenda común y diferentes tipos de acciones comunes dentro de la agenda.

Para dar respuesta a estas cuestiones y contrastar la hipótesis, se analizan, en primer lugar, los fundamentos teóricos de la gobernanza en el marco de la integración y el nuevo regionalismo. Esto permite tener una idea más desarrollada acerca del verdadero debate que está detrás de una gobernanza

eficaz. El concepto de gobernanza regional se incluye

dentro del paradigma de la gobernanza global como núcleo del estudio de las relaciones internacionales

contemporáneas. El tipo de conflicto que presenta

es el que aquí se ha denominado “gobernar sin gobierno”, una variante de planteamientos similares ya formulados por teóricos clásicos de la gobernanza

como Rhodes, Rosenau o Young, que nos sirve para

poner de relieve la problemática de una acción de gobierno en escenarios transnacionales donde no

existen actores claramente definidos para ejercerlo.

El estudio que se realiza sobre las distintas respuestas ofrecidas por el regionalismo clásico, el enfoque de política comparada o el nuevo regionalismo, muestra la persistencia en todos ellos del dilema entre dos formas de gobernar las instituciones comunes: el de la cooperación intergubernamental, basada en acuerdos no vinculantes; o el de la integración, basada en la transferencia de competencias de gobierno.

A continuación, el trabajo se centra en la revisión empírica de los principales escenarios de la gobernanza de la integración centroamericana: el diseño institucional del SICA, como estructura donde tienen lugar las acciones de gobierno; y la formulación de políticas sectoriales del SICA, como proceso donde

tiene lugar la definición de normas, la interacción entre los actores y, en definitiva, la acción colectiva

que da respuestas a los problemas comunes. Aunque analíticamente distintas, las estructuras y los procesos de gobernanza se encuentran estrechamente vinculados por ser ámbitos institucionales donde tiene lugar la coordinación y la regulación social. Dado

que las políticas regionales se definen en los espacios

políticos e institucionales del sistema, estudiar la problemática que se localiza a lo largo del proceso de formulación e implementación nos permite apreciar con claridad la racionalidad y coherencia del sistema, así como las necesidades que éste tiene de reformarse, en su caso, para poder alcanzar los

objetivos de la integración. Para finalizar, se elaboran

las conclusiones pertinentes.

Metodológicamente, el estudio es uno de los resultados del proyecto de investigación sobre políticas públicas regionales que desarrolla, desde

2014, el grupo de investigación en regionalismo y

desarrollo de la universidad Loyola Andalucía y la Fundación ETEA. Durante este tiempo, las actividades de investigación han sido múltiples en el entorno del SICA, desde la participación en el diseño de las propias políticas hasta la elaboración de informes de investigación, impartición de seminarios con grupos de actores involucrados, entrevistas con actores tomadores de decisión, grupos Delphi y tres rondas de encuestas realizadas sobre actores participantes en el ciclo de las políticas.

2. Gobernanza regional en las teorías de

integración y el nuevo regionalismo.

El significado del concepto de gobernanza cuenta con una extensísima e inabordable literatura desde que

apareció en los debates académicos en la década de los noventa. La razón es su ambigüedad y potencial para ser aplicado sobre cualquier ámbito o nivel de gobierno, sea local, global o multinivel. De manera

genérica, la idea de gobernanza refleja los procesos de

toma de decisión y acción colectiva que tienen lugar

en los espacios públicos contemporáneos. Se refiere al

conjunto de reglas y normas que guían la interacción entre actores públicos y privados que participan en la solución de problemas comunes a través de instituciones formales e informales en sociedades

complejas y dinámicas (Pollack, 2005). Esta definición

abarca todos los procesos institucionales relacionados con el ejercicio de gobierno; los distintos modos institucionalizados de coordinación mediante los cuales se adoptan e implementan decisiones colectivamente

vinculantes (Scharpf, 2000). Se trata de entender

cómo el sector público, en conjunto con actores del sector privado, nacionales y transnacionales, es capaz de proporcionar dirección y control para la sociedad

y la economía (Peters, 2012). Los gobiernos siguen

siendo los agentes determinantes de las políticas públicas, pero los resultados de las mismas dependen cada vez menos de ellos debido a la compleja interacción entre actores y factores intervinientes. El concepto de gobernanza adquiere, por tanto, mayor amplitud que la de gobierno. Lejos de utilizarse como

sinónimo de gobierno, significa, más bien, un cambio en el significado de gobierno o una nueva forma de gobernar la sociedad (Rhodes, 2005), quedando la

diferenciación entre lo privado y lo público mucho más difusa.

Sin embargo, lo que caracteriza específicamente al

concepto de gobernanza, más concretamente, es el protagonismo que otorga a la acción colectiva informal mediante la incorporación de actores no gubernamentales al proceso de formulación de políticas públicas. Este hecho supone un cambio sustantivo con respecto a otros análisis de política comparada. La innovación tiene lugar como resultado de las transformaciones producidas en las sociedades contemporáneas. Aspectos como el impacto de la globalización, el predominio ideológico del mercado, las crisis provocadas por el intervencionismo del Estado y la erosión del Estado del bienestar, pero también de la generalización de la democracia y de una demanda de transparencia y rendición de cuentas, propiciaron una corriente general favorable al traslado de la responsabilidad en materia de políticas públicas y prestación de servicios a las redes de actores privados. De ahí que, para algunos autores, el análisis de la

gobernanza es un reflejo de la generalización de las

políticas neoliberales y del traslado de la responsabilidad pública a actores privados, mientras que para otros representa una muestra de apertura democrática

de los espacios públicos y una visión más fiel de la

2 Traducción propia

naturaleza compleja de las sociedades actuales.

2.1. Gobernanza global como núcleo de las Relaciones Internacionales y del

regionalismo

En el ámbito de la disciplina de las Relaciones Internacionales, no obstante, el enfoque de gobernanza ha contado con un desarrollo particular debido a las necesidades de cooperación que históricamente han tenido los Estados en un orden internacional

anárquico (Keohane, 1984). Tradicionalmente, la

gobernanza internacional se ocupó del análisis de las normas y las instituciones creadas por los Estados para participar en acciones colectivas y crear un orden internacional. El impacto de la globalización puso de relieve la necesidad de contar con nuevos enfoques

teóricos que permitieran explicar con mayor rigor

los patrones sobre los que se fundaban los vínculos contemporáneos de cooperación, con nuevos actores en liza y carentes de instrumentos formales de

gobierno (Peters, 2012). Una definición genérica y

contrastada del concepto de gobernanza en el ámbito de las Relaciones Internacionales que incluye ya la nueva tendencia puede ser la que ofrece Rosenau, como “ los procesos colectivos de gobierno a través de los cuales se pretende alcanzar el mantenimiento del orden y el logro de los objetivos colectivos2“ (Rosenau, 2000).

El orden global, por lo tanto, no depende ni responde ya únicamente a los intereses de los Estados. Los teóricos de la gobernanza plantean que los gobiernos contemporáneos carecen del conocimiento y la información necesarios para resolver problemas económicos y sociales complejos, concibiendo de esta manera la gobernanza como una interacción y una negociación entre actores públicos y privados

en una arena política determinada (Pollack, 2005).

La nueva gobernanza global se produce a través de relaciones en red entre diferentes tipos de actores con diferentes tipos de autoridad y poder que están integrados tanto en acuerdos formales como informales, convirtiéndose en la principal narrativa de las Relaciones Internacionales. Las relaciones internacionales contemporáneas son ahora una disciplina centrada en la gobernanza de una sociedad

global (Barnett y Sikkink, 2010).

Como expresión genuina de gobernanza global, el

campo de estudio de la integración y del regionalismo ha contribuido notablemente a su desarrollo conceptual. El análisis de la gobernanza en el marco del regionalismo se ocupa de observar la incidencia que tiene la interacción entre las redes de actores gubernamentales y no gubernamentales en las instituciones regionales, formales e informales, y su capacidad para hacer cumplir los objetivos y acuerdos establecidos o implementar las políticas debidamente constituidas. La particularidad de este fenómeno es que tiene lugar en espacios regionales con distintos niveles de institucionalidad, pero sin un gobierno o una autoridad regional formal con capacidad coercitiva equivalente a la de los gobiernos nacionales para hacer cumplir los acuerdos, sean vinculantes o no. El cumplimiento de los mismos y, por lo tanto, el avance de los procesos regionales y su fortaleza institucional, depende del compromiso y la responsabilidad de los actores participantes.

El regionalismo clásico estableció las categorías de

cooperación e integración como modelos explicativos

de la colaboración que se producía entre los Estados en los espacios regionales formales. Cooperación e integración representan, respectivamente, la menor y mayor intensidad del proyecto regional, tanto en

cantidad como en calidad (Börzel, 2016). En la década

de los noventa, el nuevo regionalismo, por su parte, incorporó una visión de la gobernanza regional que cuestionaba la vigencia de las premisas anteriores. Considera el fenómeno del regionalismo como una construcción social que pone de relieve el papel que juegan los actores del mercado y de la sociedad civil, dando lugar a un modelo de gobernanza ya no estrictamente gubernamental y formal, sino basadas igualmente en relaciones de cooperación informales

asociadas a un proceso de regionalización (Söderbaum y Shaw, 2003; Hettne, 2005). Regionalismo y

regionalización se han asimilado a procesos formales

e informales respectivamente (Wallace, 1990), aunque

esta relación dista de quedar clara, debido a que el regionalismo formal puede y suele ser un importante

factor de regionalización (Closa, 2016).

A diferencia de los enfoques del regionalismo clásico, el enfoque de gobernanza es habitual en el análisis de los procesos del nuevo regionalismo, pese a que

encuentra problemas para explicar los niveles de intensidad de los procesos sin recurrir a ellos. Significa,

además, devaluar el compromiso y la formalidad establecidos en la construcción institucional, puesto que los acuerdos informales pueden no vincularse a las responsabilidades legales o los compromisos establecidos en una organización internacional. Por otro lado, las tres agendas de investigación conviven y comparten elementos comunes. De hecho, el enfoque de gobernanza regional contiene elementos de las teorías del regionalismo clásico y del nuevo regionalismo. Al incorporar las diversas formas de interrelación entre los actores y las coaliciones formales e informales que éstos conforman en los espacios

multinivel, su poder explicativo es mayor (Börzel y Risse, 2016). Permiten, igualmente, un abordaje sin

demasiados traumas por parte de las epistemologías racionalistas y constructivistas habituales, si bien el enfoque de gobernanza comparte fundamentos con las posiciones constructivistas que caracterizan al

nuevo regionalismo. En definitiva, contribuyen a un

mayor conocimiento de fenómenos tan complejos como la integración, el regionalismo y la construcción de regiones, formales e informales, conformados en torno a instituciones y regímenes transnacionales, y por ello dotadas de normas, reglas y leyes, pero no de gobierno. Como parte de la gobernanza global, la gobernanza regional se ve lastrada por lo que se ha

denominado “gobernanza sin gobierno” (Rosenau y Czempiel, 1992; Young, 1998), y plantea una serie de conflictos sobre el diseño institucional y sus efectos que se abordan, con distinto éxito, desde distintos

enfoques teóricos.

2.2. La gobernanza del regionalismo clásico: integración frente a cooperación en procesos liderados por los Estados

Desde las primeras teorías funcionalistas de las

Comunidades de Seguridad (Deutsch, 1957 y 1967), pasando por el Neofuncionalismo (Haas, 1958 y 1970; Nye, 1968; Schmitter, 1970), la teoría de la integración económica (Balassa, 1961), el primer intergubernamentalismo (Hoffman, 1966) o incluso

desde la perspectiva institucionalista liberal de los

Regímenes Internacionales (Keohane, 1984), la creación de instituciones regionales (internacionales)

sobre las que los Estados delegan tareas propias de

los gobiernos se justifica en los beneficios que éstas

ofrecen para resolver problemas colectivos de orden transnacional, proporcionando bienes públicos,

acuerdos y compromisos en distintos órdenes o

flujos de información. Aunque aparece igualmente

la voluntad por compartir una serie de principios y

valores, el argumento impulsor es el beneficio que los

Estados esperan obtener de la cooperación entre sí. El regionalismo aparece en esta primera época clásica como un proyecto formal dirigido por los Estados, y son los Estados los que determinan las instituciones y

definen las políticas en defensa de sus intereses y las

preferencias nacionales. Sin embargo, la tradicional cooperación entre Estados no ofrecía respuestas

adecuadas para explicar el fenómeno integracionista.

Los teóricos neofuncionalistas plantearon la necesidad de que los Estados, a partir de un determinado grado de integración, se vieran abocados a ceder soberanía a las instituciones regionales a medida que se materializaba el proceso de derrame hacia otros sectores. Las instituciones regionales, actuando en representación de los intereses comunes, se iban dotando paulatinamente de competencias supranacionales en materia de políticas con objeto de poder dar respuesta a las demandas de bienes públicos del sistema. La teoría de la integración económica, con su lógica gradual por etapas, se encargó de corroborar dicha apreciación, dado que los procesos de liberalización

de los mercados nacionales (integración negativa) exigían acciones complementarias en materia de políticas (integración positiva) que neutralizaran las externalidades negativas e hicieran eficiente el nuevo mercado regional (Tinbergen, 1954 y 1965; Scharpf, 1999). Por ejemplo, en el momento de conformación

de una unión aduanera. Nuevamente, el incremento de las regulaciones ensanchaba el marco institucional de la integración y, con ello, el poder político de las instituciones regionales. El marco de la cooperación que caracteriza a los regímenes internacionales intergubernamentales quedaba claramente superado; era necesario un modelo que posibilitar una mayor capacidad de integración.

Desde esta lógica, cooperación e integración se presentan como dos metodologías distintas que miden la menor o mayor intensidad del fenómeno del regionalismo. La cooperación regional opera mediante procesos de toma de decisiones y una acción colectiva basada en la autoridad y el control estatal en las instituciones intergubernamentales. Por su parte, la integración regional requiere el establecimiento de instituciones regionales dotadas de competencias supranacionales delegadas que permitan la toma de decisiones vinculantes para el conjunto de Estados miembros. En este último caso, lo que se plantea en términos de gobernanza son dos aspectos fundamentales: primero, hasta qué punto los Estados mantienen el control de los procesos o, por el contrario, ceden este protagonismo a las instituciones y actores regionales, que serían entonces los encargados de la adopción de normas y de hacerlas cumplir; y, segundo, cómo hacer esto último, es decir, cómo diseñar instituciones regionales que cumplan

estos cometidos (Lenz y Marks, 2016).

En el modelo de integración, los Estados que forman parte de una organización regional se comprometen formalmente con unos objetivos esperando que los Estados socios que lo acompañan en el proyecto les correspondan. Estos compromisos se materializan en el seno de instituciones internacionales formales que regulan el comportamiento de los miembros y restringen su capacidad para liberarse de los compromisos aceptados. Siguiendo a Closa, “la intensidad y el alcance de los compromisos formales dependen directamente del tipo de objetivos o de bienes públicos regionales que persigan las organizaciones. Cuanto mayor sea el número de objetivos y más ambiciosos en relación con el statu quo, más sólidos serán los compromisos institucionales necesarios para que la organización

logre alcanzarlos” (Closa, 2016, pp. 2-3). Bajo esta

premisa, la gobernanza en un modelo de integración se sustenta en la solidez del diseño institucional de las organizaciones regionales formales y en su capacidad para garantizar el cumplimiento de los compromisos a los Estados miembros. Supone la integración como un proceso político comandado por los Estados, sin menoscabo de la participación de otros agentes no gubernamentales que, en todo caso, se insertan dentro de los procesos establecidos y regulados.

Esta formulación refleja en buena medida los

aprendizajes del proceso histórico europeo. Como se ha podido demostrar empíricamente, los avances en materia de integración activan mecanismos políticos e institucionales con un importante potencial transformador sobre la acción colectiva y la gobernanza, muchas de las cuales terminan teniendo repercusiones en el orden internacional. Esta lógica está detrás, por ejemplo, del incremento de las políticas reguladoras en la Unión Europea o de las dinámicas de gobernanza

multinivel (Bulmer, 1994; Sandholtz y Stone Sweet, 1998, Stone Sweet, Sandholtz y Fligstein, 2001; Hooghe y Marks, 2001). Las instituciones regionales

se reforzaron políticamente en Europa frente a los gobiernos nacionales mediante un aumento de las lealtades, debido a que la creciente interdependencia entre los actores regionales incrementó la demanda de reglas, normas e institucionalidad sobre la que operaban. El impacto de este cambio sobre el conjunto de las sociedades nacionales ha sido sustantivo. A los

beneficios, en términos de eficacia de los mercados y

disminución de los costes de transacción en el diseño de los procesos de políticas, hay que restar la merma

de soberanía infligida sobre la capacidad reguladora

de los Estados. En períodos de crisis sistémica, la tentación al repliegue intergubernamental suele aparecer de manera recurrente entre los países peor parados. En Europa, esta transferencia de competencias hacia las instituciones regionales ha encontrado detractores tras la gestión de la crisis

financiera y económica reciente. A la pérdida de

soberanía se han añadido otros aspectos relacionados con este tipo de dinámicas transnacionales, como el cuestionamiento de la legitimidad democrática de las instituciones del nivel regional.

Por su parte, las formulaciones liberales ven la integración como una variante avanzada de los regímenes internacionales. La cooperación entre Estados que tiene lugar se fundamenta en la priorización de las preferencias nacionales, entendidas como una acción racional por parte de los actores involucrados, que posteriormente son negociadas con los socios en el seno de las

instituciones regionales (Keohane y Hoffman, 1991; Moravcsik, 1993 y 1998). El modelo de gobernanza

en este caso se rige generalmente mediante acuerdos intergubernamentales de cooperación. De esta manera, el control de los procesos queda siempre en manos de los gobiernos, quienes sólo ceden competencias en aquellos casos puntuales en los

que obtienen claros beneficios. Pero mantienen la

cooperación como opción predominante y prioritaria. En aquellas instituciones y agencias con competencias supranacionales, el control de los gobiernos se puede ejercer por diferentes vías. Volviendo al caso europeo,

el único con bagaje científico y académico que puede

ilustrar este fenómeno, el control gubernamental se ejerce, entre otros, a través de una constelación de

comités con distintas funciones (Pollack, 2003).

El modelo intergubernamental, sin embargo, impone limitaciones al proceso de integración, debido a que la priorización de las preferencias nacionales terminará, tarde o temprano, siendo contradictoria con la lógica gradualista de la integración. Desde un punto de vista racionalista, la opción por uno u otro modelo depende, por tanto, de la intensidad que alcance el proceso de integración y de la idoneidad del diseño institucional para materializar el paso de la cooperación a la integración. Se puede ver en términos de incremento

de la demanda y capacidad de la oferta (Mattli, 1999).

Como el resultado de un balance positivo entre los objetivos establecidos por los Estados promotores y

los beneficios netos que proporciona al conjunto de

actores participantes, que los empujará, o no, hacia una demanda de mayor integración. Ahora bien, ¿es posible la emergencia de este modelo ideal de regionalismo en proyectos conformados por Estados con bajos niveles de desarrollo socioeconómico, ausencia de una democracia liberal consolidada o problemas de gobernabilidad? ¿Es posible en estas condiciones formar coaliciones de actores en favor del regionalismo? O, en su defecto: ¿en qué medida trasladarán estas debilidades al espacio regional? ¿Por qué no ha sido posible más allá de Europa trascender los límites de la cooperación intergubernamental? La literatura teórica ofrece argumentos a buena parte de esta batería de cuestiones, pero sin resultados

satisfactorios que permitan explicarlos (De Lombaerde y Söderbaum, 2013; Börzel y Risse, 2016).

2.3. La gobernanza del regionalismo desde el enfoque de política comparada

El estudio de la gobernanza del regionalismo desde la perspectiva de política comparada tiene su origen en la emergencia de los análisis federalistas sobre la integración europea en la década de los setenta

(Mariscal, 2003), alcanzando cierta relevancia en la

segunda mitad de los noventa y años sucesivos a

partir de los novedosos trabajos de Simon Hix (1994, 1999 y 2005). Posteriormente, la presión y la influencia

de las dinámicas transnacionales que la globalización ha venido ejerciendo sobre las políticas nacionales invitaron a estudiar ambos planos de manera general

y comparada (Krahmann, 2003; Stone, 2008).

Fundamentalmente, este enfoque metodológico estudia el sistema político de la integración utilizando las mismas categorías de análisis que se utilizan para las políticas del Estado-nación. Un proyecto de integración regional, cuyo objetivo se sitúe en la construcción gradual de una comunidad política y económica regional, necesita dotarse de una estructura institucional formal y de los instrumentos políticos necesarios para atender a las demandas

políticas de los actores que tienden a maximizar sus

preferencias en un marco restrictivo, para gestionar la relación entre actores gubernamentales y no gubernamentales y para proveer políticas públicas

que las satisfagan (Scharpf, 2000; Pollack, 2005). Es

decir, requiere la conformación de un sistema político que conviva, en otro nivel, con los sistemas políticos de los estados miembros.

El sistema político de la integración es peculiar, pero guarda similitud con los modelos federales y otros aspectos de los modelos estándares, de manera que puede ser entendido como una variante de los

esquemas generales (Hix, 2005). Puede llegar a expresarse mediante una estructura organizativa

que cuente con órganos ejecutivos, legislativos o judiciales, e incluso contar con la capacidad de adoptar políticas públicas vinculantes. Ahora bien, no puede

compararse con el tradicional modelo weberiano.

Carece del monopolio de la fuerza, de instrumentos

de federalismo fiscal que lo dote de recursos y se ve

aherrojado por una débil legitimidad democrática. Este es un factor determinante que obliga a buscar salidas por la vía de la constitucionalización.

El análisis de la gobernanza parte del alcance limitado de sus prerrogativas institucionales, del hecho de que una organización internacional de integración

tiene unos objetivos específicos y no es un Estado.

No obstante, sin serlo, un proyecto integracionista

formal que defina una estructura política tenderá

a replicar, en la medida de lo posible, su modelo nacional en el nivel regional, aunque sólo sea por

una cuestión de pretendida eficiencia. Este es un

elemento controvertido, especialmente para aquellos proyectos regionales conformados por Estados con un desempeño político e institucional con problemas de gobernabilidad y gobernanza, como es el caso centroamericano.

Desde estas premisas, centra su comparación sobre los elementos clave de los sistemas políticos estándar: sus nivel y capacidad de federalización, la distribución y la delegación de poderes entre el nivel nacional y el regional, la naturaleza y comportamiento de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, su capacidad reguladora y distribuidora, la institucionalización de los espacios de participación y deliberación, etc.

Y es un enfoque interesante para conocer a fondo la

naturaleza y el comportamiento de las instituciones regionales, de especial interés en etapas de crisis y reformas. Algunos aspectos de las instituciones, como el liderazgo y las capacidades técnicas frente a sus contrapartes nacionales, pueden erigirse como

un factor determinante en el éxito de determinados

procesos de gobernanza. En otros casos, pueden fomentar el acceso y participación de las redes de actores no gubernamentales.

El enfoque de política comparada resulta también provechoso para el conocimiento del ciclo de las políticas públicas, un aspecto que puede vincularse

directamente a la eficacia de la integración.

En su defecto, es un acercamiento que requiere un proyecto integracionista con objetivos comunitarios y una estructura política e institucional con cierto nivel de desarrollo, de tal manera que permita cierto recorrido al análisis. Debido a su carácter eminentemente formal, es susceptible de dejar fuera patrones de análisis vinculados con las redes de actores informales, cuestionando el carácter de la región como construcción colectiva. Su escasa repercusión sobre el análisis del regionalismo latinoamericano

contemporáneo se debe exclusivamente a la

incompatibilidad con los objetivos de algunos proyectos y al bajo nivel de desarrollo de los procesos de institucionalización formal en otros. Pero no encontramos razones en el caso centroamericano, concretamente.

2.4. Gobernanza y nuevo regionalismo

En ladécadadelos noventa,lareformulación reflectivista

en el campo de las Relaciones Internacionales dio paso a una renovación de los paradigmas clásicos del regionalismo. La observación de los nuevos proyectos regionales que se estaban conformando y su asociación al fenómeno de la globalización llevó a los teóricos del nuevo regionalismo a otorgar un mayor protagonismo a los actores no gubernamentales en el proceso de regionalización. El nuevo regionalismo se inserta como parte intrínseca de las dinámicas de la

gobernanza global; concretamente ha sido definido

como el compromiso político para organizar el mundo en términos de regiones, en el que los Estados ejercen

el liderazgo (Gamble y Payne, 1996; Hettne, 2005; Acharya, 2012), aunque no exclusivamente (Boas, Marchand y Shaw, 2003). Se produjo entonces un

cambió en el foco del análisis. Los Estados perdieron el monopolio de liderazgo como agente impulsor de los procesos, compartiendo ahora este papel con el conjunto de actores del mercado y de la sociedad civil en general. En cuanto a los análisis sobre los resultados del regionalismo, por su parte, dejaron de ocuparse de la cantidad y calidad de la integración formal y pasaron a interesarse por los efectos de la regionalización informal, es decir, por la construcción social de las regiones. El eje de la discusión pasó de los conceptos integración-cooperación, centrados meramente en la acción de los Estados, al de regionalismo-regionalización, en el que los Estados eran los promotores de la creación política de las regiones, pero compartían el proceso de regionalización con los grupos de interés económico y la sociedad civil en

general (De Lombaerde y Söderbaum, 2013).

Esta deriva del marco analítico, sin embargo, no

explica adecuadamente cuál es el valor de los

acuerdos formales entre Estados ni el papel que deben desempeñar las instituciones regionales formalmente constituidas. Los proyectos regionales de los noventa siguen siendo eminentemente estatales, aspiran a procesos que incluso superan los límites del comercio regional, pero se resisten a delegar autoridad ni dotar de competencias a las instituciones regionales, como tampoco muestran intención de habilitar de forma efectiva los espacios de participación para los actores no gubernamentales. ¿Dónde radica, entonces, el compromiso necesario en todo proyecto transnacional? En la mayoría de aspectos, son espacios incluso más restrictivos que los del viejo regionalismo. En el caso de los proyectos latinoamericanos más recientes, UNASUR y ALBA-TCP, el liderazgo de los Estados se manifestó de manera más rotunda, si cabe, mientras que el fuerte peso político y la debilidad institucional han hecho prácticamente inviable la posibilidad de acuerdos que propiciaran acuerdos para la provisión de bienes públicos regionales. La regionalización de estos procesos es cuestionable y difícilmente evidenciable. De ahí que los avances teóricos de los enfoques

reflectivistas, en este sentido, no hayan sido tan eficientes como los racionalistas a la hora de explicar

los fundamentos del nuevo regionalismo.

A diferencia del concepto de regionalismo, los enfoques

del nuevo regionalismo definen regionalización como el proceso de construcción de una región (Hettne, 2005). A lo largo del mismo se produce un incremento

de los niveles de interdependencia, hasta poder hacer de la región un actor internacional con entidad propia

(actorness) (Hurrell, 1995; Katzenstein, 1996; Schulz, Söderbaum y Ojendal, 2001; Van Langenhove, 2003). Por otro lado, la influencia del constructivismo le

otorga el carácter de proceso histórico y estructural y, por lo tanto, contingente, colectivo, plural y social

(Gamble y Payne, 2003). En este enfoque, la naturaleza

social y cultural de los actores regionales participantes impide que haya dos procesos iguales en dos regiones distintas, por lo que el debate entre regionalismo formal e informal se vuelve más relevante. Pero la construcción social de regiones implica una disputa política entre los distintos actores participantes acerca de la idea de región y sus estrategias para

definirla (Hettne y Söderbaum, 2000). De ahí la mayor

importancia del estudio de la gobernanza de los procesos.

Hettne y Söderbaum tipificaron el proceso de

regionalización bajo el concepto de “regionness”

(Hettne y Söderbaum, 2000), como una herramienta

metodológica para estudiar la construcción multidimensional de regiones. Bajo una lógica evolutiva no determinista, y guardando cierto paralelismo con

la teoría de la integración económica (Balassa, 1961),

establecen cinco etapas en la construcción de regiones: creación de un espacio regional, un complejo regional, una sociedad regional, una comunidad regional y una región-estado. Al tratarse de una construcción social, se requieren instrumentos, acciones y dinámicas que congreguen los intereses y faciliten la interacción entre los actores. Es decir, el proceso de regionalización avanza a medida que es capaz de resolver demandas y problemas comunes de actores con lealtades cada vez más regionales, por lo que difícilmente pueden ser resueltos ya en los espacios nacionales. Los actores interactúan a través de acciones en las que se ven involucrados y legitiman el proceso porque perciben la utilidad de la región como espacio complementario al Estado-nación. La cuestión es: ¿quién aporta estos mecanismos institucionales capaces de generar

confianza sobre los actores participantes? No

aparece otra respuesta que no sea la necesidad de contar con instituciones formales que puedan guiar la acción colectiva representando intereses comunes regionales. Estamos, nuevamente, ante la misma frontera epistemológica. Por tanto, las fases más avanzadas de regionalización enfrentan decisiones similares a las que ofrecían las teorías de la integración del viejo regionalismo, puesto que van a requerir políticas comunes que den respuesta a las demandas de los actores regionales y cesión de soberanía para hacerlas efectivas. La cooperación mediante políticas coordinadas no vinculantes da lugar a un escenario

muy contingente para el éxito de las políticas comunes,

debido a la tendencia a dar prioridad a las preferencias nacionales, es decir, a hacer prevalecer los intereses nacionales sobre los regionales. Se requiere más formalidad, y no menos.

Frente a esta limitación, toman nuevamente valor

los enfoques integracionistas que defienden la

necesidad de seguir diferenciando los conceptos de integración y cooperación y los de supranacional e intergubernamental como resultado de los procesos

(Stone Sweet y Sandholtz, 1997; Malamud y Schmitter, 2006; Börzel, 2013 y 2016; Malamud, 2013).

El punto de convergencia con el nuevo regionalismo se produce a través de los procesos de regionalización construidos sobre organizaciones regionales formales con aspiraciones o alcance comunitario. En ellos, la aplicación de un método que combine integración y cooperación en un diseño institucional que permita la participación y coordinación de los distintos actores interesados podría iluminar la evolución de los procesos.

El enfoque de gobernanza regional proporciona, en este caso, un marco de análisis metodológico de gran interés, debido a que incluye todas las opciones

teóricas disponibles. De acuerdo con Börzel (2016), no se puede ver como una teoría que explique cuándo

y por qué surge el regionalismo, ni por qué toma un diseño institucional particular, cambia en el tiempo

o resulta más o menos efectivo. Pero explica cómo

se relacionan estructuralmente los actores con las instituciones regionales y cómo tiene lugar el proceso de coordinación social. En el primer caso, nos ofrece información sobre las condiciones y reglas que se utilizan para coordinar las acciones de los distintos

actores, especialmente si existen restricciones

jerárquicas o de competencia entre ellos. En cuanto al proceso de coordinación, el análisis de gobernanza permite analizar el diseño institucional que guía las modalidades de coordinación entre los actores y regulan los procesos.

3. El marco de la gobernanza de la integración centroamericana: estructura

política, diseño institucional y políticas

sectoriales del SICA

Los procesos de gobernanza que tienen lugar en el SICA se encuentran lastrados por una serie de

deficiencias que tienen su primer reflejo en las

incoherencias que presenta el conjunto del diseño institucional, como espacio de coordinación donde los actores participantes ajustan su comportamiento. El Protocolo de Tegucigalpa establece en su artículo

nº 1 que los Estados miembros son una comunidad

económico-política que aspira a la integración de Centroamérica. En el artículo 2 se establece el SICA como el marco institucional de la integración

regional de Centroamérica, y en el artículo 3 se

establece como objetivo fundamental del SICA la realización de la integración centroamericana. Este

artículo 3 agrega un catálogo de diez propósitos de

desarrollo multidimensional, entre los que destaca la consecución del bienestar y justicia económica y social, alcanzar la unión económica o la preservación

del medio ambiente. Y para cumplir estos propósitos se establecen una serie de principios, especificados en el artículo 4, entre los que destacan el de paz, desarrollo,

democracia y libertad, solidaridad, gradualidad, participación de todos los sectores sociales, seguridad jurídica y buena fe entre los Estados miembros, entre otros.

No cabe duda, por tanto, de que el modelo centroamericano es un modelo de integración regional que aspira a la construcción de una comunidad regional y que, por tanto, va más allá de un régimen internacional de cooperación intergubernamental. Es un regionalismo que demanda mayor cantidad y calidad de integración que los acuerdos de libre comercio o los modelos de cooperación intergubernamental. Sin embargo, el diseño institucional del que se dota en su conjunto, desde la estructura de gobierno pasando por las normas y reglas que se establecen en los distintos procesos, corresponde al de una organización internacional con un alcance y unas prerrogativas limitadas y no al de un modelo que tienda gradualmente a la construcción de una comunidad. Este hecho arroja dudas sobre su capacidad para cumplir con estos principios,

propósitos y objetivos incluso desde un punto de vista un alto grado de concentración de poder político gradual. en órganos con naturaleza compartida, nacional y

regional. No existe ningún órgano ejecutivo, jurídico

o legislativo de carácter exclusivamente regional

3.1. Estructura de gobierno y poder

que cuente con delegación de poder vinculante y

político

represente los intereses regionales.

El diseño institucional del SICA se caracteriza por

Cuadro nº 1. Órganos de gobierno poder político en el SICA desde un enfoque de Política Comparada y su naturaleza.

Órganos

Toma de

Instrumentos jurídicos

Políticos del

Poder Político (asimilado)

Naturaleza

decisiones

vinculantes

SICA

Reunión de Presidentes Ejecutivo (compartido con los gobiernos nacionales) y Legislativo. Consenso Intergubernamental y Supranacional Declaraciones, Acuerdos, Decisiones y Resoluciones
Consejos de Ministros Ejecutivo (compartido con los gobiernos nacionales) y Legislativo Consenso Intergubernamental y Supranacional Resoluciones, Reglamentos, Acuerdos y Recomendaciones
Corte Centroamericana de Justicia Judicial. Se ejerce por delegación. Mayoría Supranacional Ordenanzas y Reglamentos
Parlamento Centroamericano PARLACEN Legislativo-Consultivo (no obligatorio) Mayoría Supranacional Ninguno1
Comité
Consultivo del Consultivo (no obligatorio) Mayoría Supranacional Ninguno
SICA, CCSICA

Fuente: Elaboración propia

El gobierno del SICA está a cargo de dos instancias, la Reunión de Presidentes y los distintos Consejos de Ministros sectoriales, todos ellos órganos que cuentan con doble representación, nacional y supranacional.

Esta situación genera un claro conflicto de intereses

que incentiva la resolución de las tensiones en

beneficio de la conformación de las preferencias

nacionales, debido a que es en dicho espacio donde los presidentes y ministros obtienen la potestad y legitimidad política para gobernar. El origen de su poder político se sitúa en los espacios nacionales y es a esa clientela política a quien están obligados a satisfacer.

En estos dos espacios de gobierno regional, las decisiones se toman por consenso entre los representantes nacionales, una fórmula que garantiza la gobernabilidad pero que difícilmente puede

aspirar a transformaciones significativas del statu

quo; por el contrario, puede dar lugar a bloqueos insuperables. Sus decisiones son, jurídicamente, de obligado cumplimiento para los Estados miembros,

pero incorporan distintos aspectos no exentos de

ambigüedad, como el requisito de la publicidad de las resoluciones, cumplimentado habitualmente de forma irregular, o la posibilidad de encontrar oposición en disposiciones legales previamente recogidas en los ordenamientos jurídicos nacionales.

Los órganos ejecutivos están acompañados por el Comité Ejecutivo, encargado de garantizar la ejecución administrativa de los mandatos presidenciales y del establecimiento de las políticas sectoriales. Compuesto por representantes gubernamentales,

Las decisiones, aun no vinculantes, pueden ser: Resoluciones; Recomendaciones; Declaraciones; Pronunciamientos; Dictámenes: Reglamentos; Opinión

ilustrativa previa y otras.

pese a su clara naturaleza regional, este órgano no se estableció hasta 2008 con funciones de coordinación confusas, vacíos normativos y un comportamiento que responde claramente a los intereses de los gobiernos

(Esquivel Avendaño, 2015). En cualquier caso, como

se verá más adelante, la emisión de actos jurídicos de obligado cumplimiento para los Estados no es muy frecuente en la actividad normativa y legislativa de los órganos de gobierno. Esto ocurre, especialmente, con los reglamentos en materia de políticas regionales que son aprobadas por los Consejos de Ministros. La falta de compromiso político para su cumplimiento

o la falta de consenso sobre los términos de dicho

reglamento pueden ser las causas que expliquen esta

situación. Una y otra intervienen como mecanismos obstaculizadores de facto para el avance del proceso de regionalización, puesto que obligan a un difícil acto de alineamiento de la voluntad y de los intereses de todos los actores participantes.

Por otro lado, la Corte Centroamericana de Justicia, el PARLACEN o el CCSICA poseen naturaleza supranacional y funciones jurídicas, legislativas y consultivas, pero tienen muy mermadas sus capacidades por no contar con atribuciones ni competencias para intervenir en los procesos de gobierno. En el caso del PARLACEN, ejerce como cámara representativa de la ciudadanía centroamericana y cuenta con capacidad de iniciativa en materia de políticas sectoriales, pero, en la práctica,

su accionamiento legislativo es casi inexistente

debido a que sus decisiones no son vinculantes. En lo

que se refiere al CCSICA, la función consultiva no es obligatoria ni tampoco cuenta con financiación para

sus actividades, quedando sus facultades igualmente mermadas. La Corte es el único órgano supranacional con poder en el sistema. Posee la potestad para actuar como tribunal comunitario de tipo federal que resuelve las disputas entre actores, pero arrastra

un importante déficit de legitimidad debido a que

una mayoría de los Estados miembros del SICA no son suscriptores de su protocolo. Esto supone un serio inconveniente para operar con garantías. Estos órganos han sido muy criticados y objeto de reformas no totalmente cumplimentadas, lo que marca un precedente negativo acerca de la efectividad de este tipo de procesos. No obstante, su desempeño no es más que el resultado de la indeterminación que caracteriza su posición dentro del sistema.

El sistema político del SICA se ve lastrado, por tanto,

por la confusión que produce la inexistencia de una

clara separación de poderes en el eje horizontal, entre el nivel nacional y el regional. Los órganos centrales de gobierno ejercen a la vez las funciones de representación de sus respectivos gobiernos nacionales y las ejecutivas y legislativas del gobierno regional. A su vez, la toma de decisiones por consenso obliga a alinear las preferencias nacionales de todos los Estados miembros para avanzar, pero esta empresa dista de ser tarea fácil incluso cuando aparecen

conflictos cuyo impacto puede llegar a ser compartido.

El problema agente-estructura que se plantea hace que el modelo sea proclive a la obstaculización de los procesos. La jurisdicción termina siendo concurrente en los consejos de ministros, donde el poder y las competencias de distinto nivel tienden a encontrarse sin prescripciones vinculantes.

En el eje vertical encontramos de nuevo el solapamiento entre órganos que acaparan las funciones legislativas y ejecutivas en los niveles regional y nacional, aunque en este caso no tendría por qué tener efectos negativos.

La confluencia de poderes es, de hecho, típica hasta

cierto punto en los sistemas federales. Por ejemplo, la coincidencia de un órgano ejecutivo en ambos niveles debiera facilitar la coordinación de los acuerdos y políticas, dado que son los mismos actores los que están facultados en uno y otro lugar. Sin embargo, no siempre se observa esta situación, dándose el caso de políticas regionales que son aprobadas por el consejo de ministros correspondiente y luego presentan problemas de implementación en el nivel nacional por parte del mismo ministerio que participó en la aprobación de dicha política en el nivel regional.

La función ejecutiva es, probablemente, la que recoge

un mayor número de críticas por su ineficacia. No

obstante, el centro de las mayores críticas suelen ser los órganos y agencias regionales de carácter técnico encargados de implementarlas, con las

secretarías a la cabeza. Ya se ha hecho referencia a la deficiencia de capacidades que han caracterizado

al sistema y a la falta de recursos disponibles. En su descargo, se ha podido constatar cómo el programa de fortalecimiento que se viene implantando desde hace más de una década ha dado sus frutos cuando los cuadros funcionariales se han dotado de recursos y de continuidad, aunque suelen estar muy condicionados por los avatares de la cooperación internacional

que los sostiene. Con todo, lo más significativo es

que se suele olvidar que las funciones ejecutivas son compartidas entre el nivel regional y nacional. Son también responsabilidad de los gobiernos

nacionales. Y es aquí donde se detectan evidencias significativas de desconexión, desarticulación y

falta de coordinación. La ausencia de instrumentos normativos diferenciados y vinculantes que se derivan de los órganos de gobierno, especialmente de los consejos de ministros, la falta de consenso en los consejos de ministros sectoriales del SICA y las propias debilidades en materia de capacidades de los ministerios, similares o incluso mayores que en el nivel regional, impide que se alcancen mayores niveles de

eficacia.

En el caso del poder legislativo, concretamente, el impacto del parlamentarismo en el sistema político del SICA es prácticamente nulo. El papel marginal

que se le otorga al PARLACEN supone un déficit de

representatividad y un riesgo de concentración de poder en los órganos gubernamentales que se hace más patente si tenemos en cuenta el cuestionamiento

de la eficacia de los parlamentos de algunos estados

miembros. Esta situación ayuda, igualmente, a entender la escasa presencia de los partidos políticos centroamericanos en la integración y el bajo nivel de interés que suscita en sus programas electorales. De igual modo, los sistemas de partidos políticos centroamericanos son objeto de una importante crítica por su bajo nivel de representatividad y volatilidad.

En lo que respecta al poder judicial, más allá de las debilidades ya señaladas de la Corte, la ambigüedad de los tratados y las lagunas del marco jurídico, por su parte, fomentan igualmente la sensación de desorden y falta de coordinación institucional. Su ambigüedad

permite la suficiente amplitud y flexibilidad para sortear los conflictos de intereses que amenazan los

consensos. De tal manera que, a modo de ejemplo, la actividad legislativa ha sido profusa a la hora promover iniciativas, pero poco rigurosa para proveerlas de instrumentos normativos y de contenidos.

Finalmente, los actores involucrados en la estructura de gobierno y poder político en el ámbito regional son, fundamentalmente, funcionarios nacionales y regionales. En el primer caso, acaparan los órganos de poder político y de decisión, con un papel relevante por parte de los jefes de estado y ministros. El papel de los funcionarios nacionales de segundo nivel es menos evidente, aunque su rol puede llegar a ser determinante en el momento de la implementación de políticas sectoriales.

Los funcionarios regionales son más determinantes en el funcionamiento del sistema, pero se ven limitados por el carácter meramente administrativo de sus actividades y por la precariedad a la que se ven sometidos en muchos casos debido a la falta de recursos de los órganos regionales y a la dependencia de los proyectos de la cooperación internacional, limitados en tiempo y recursos. En aquellos casos que han conseguido tener continuidad, estos funcionarios

han sido los artífices de las políticas sectoriales,

convirtiéndose en verdaderos representantes de los intereses regionales. No obstante, son habitualmente objeto de crítica por parte de los actores gubernamentales, a los que deben enfrentarse en muchas ocasiones para hacer prosperar las políticas,

aunque por lo general muestran mayor eficacia que

sus homónimos nacionales.

Uno de los grupos de agentes no gubernamentales que han jugado un papel destacado en el proceso centroamericano es el que se podría denominar, siguiendo a Stone, como los “profesionales de políticas

transnacionales” (Stone, 2008). Se constituye como un grupo heterogéneo de técnicos consultores expertos,

ejecutivos de ONGs y agentes de redes transnacionales que han llegado de la mano de los programas de la

cooperación internacional que financiaron las acciones

en materia de políticas regionales. Su presencia se ha

justificado, habitualmente, por la falta de capacidades

técnicas locales y por la necesidad de garantizar la

eficacia, la transparencia y la rendición de cuentas de

los proyectos. Su aportación, en aquellos casos que tuvieron continuidad y consiguieron apropiarse del

significado del proyecto integracionista, se aprecia

claramente en el desempeño de los funcionarios regionales y en la transmisión de conocimiento a las redes regionales de funcionarios y actores no gubernamentales. No obstante, su presencia ha sido

también criticada por su ineficiencia y por ocupar

espacios y recursos en teoría destinados a los actores locales.

Con todo, lo más destacado en cuanto a la incorporación de actores al proceso es la creación casi espontánea de espacios para la participación de la ciudadanía y de la sociedad civil, tanto redes regionales como grupos vinculados al mercado. Esta innovación se ha producido como resultado de la puesta en práctica de los procesos de formulación de políticas sectoriales, que ejercieron de efecto llamada a la participación de los grupos de interés involucrados. No obstante, está por ver cuál es su verdadera aportación al proceso, puesto que muchos de estos grupos no han dado el salto a los espacios participativos institucionalizados. Se mantienen en espacios muy heterogéneos de carácter administrativos e informal, por lo general ligados al destino de las políticas regionales.

Por tanto, el peso de los actores en la estructura institucional del SICA es muy desigual. En términos de poder político, recae en favor de los principales actores gubernamentales. Estos acaparan los espacios rectores donde se toman las decisiones, siendo verdaderamente los que dan forma a la construcción institucional regional. Sin embargo, la gobernanza

regional y la eficacia del sistema requiere la necesidad

de coordinación entre éstos y los actores regionales, tanto formales como informales. Una coordinación

eficaz que aún no se ha logrado. Los funcionarios

regionales ocupan una posición difícil, puesto que están obligados a ejecutar los mandatos que afectan a las políticas regionales sin contar con la facultad ni con los medios necesarios, quedando supeditados a la voluntad de cooperación de los gobiernos nacionales

para implementarlas con ciertas garantías de éxito. Y en

cuanto a los actores regionales no gubernamentales, su papel como agentes es creciente pero aún no pasa de ser el de meros legitimadores del proceso, puesto que la capacidad de incidencia política está más vinculada con el peso que juegan en el nivel nacional. En cualquier caso, no se puede decir que, ni por intereses ni por capacidad, los actores no gubernamentales estén ejerciendo el papel de impulsores de un regionalismo más profundo. Caso aparte merecen los actores de la cooperación internacional que apoyan el proceso, cuyo impacto ha sido desigual, pero responden a las debilidades estructurales del sistema; de ser resueltas, probablemente su relevancia sería aún menor.

3.2. La formulación de las políticas

regionales del SICA

De entre los procesos que ilustran el impacto del diseño institucional en la consecución de los objetivos de la integración centroamericana, el de formulación de políticas regionales en el marco del SICA resulta

especialmente significativo debido a que supone la mayor expresión de gobernanza. El carácter

multidimensional de la integración y la aspiración del SICA de convertirse en un instrumento de desarrollo

para la región, expresada ya en el Protocolo de

Tegucigalpa2, hizo de la formulación de políticas sectoriales una aspiración que sólo pudo desarrollarse con cierta continuidad en la última década. La falta de recursos y la debilidad institucional fueron un obstáculo insuperable en el desarrollo del proceso hasta la aparición de los fondos de la cooperación internacional, que permitieron poner en marcha la estrategia de Relanzamiento de la Integración 2010. Aunque algunos sectores habían alumbrado ya distintos instrumentos de política, la estrategia dotó a la integración de una agenda prioritaria en torno a la cual se formularon todo un catálogo de políticas.

Durante los años de mayor apogeo de fondos de la cooperación internacional, el apoyo al fortalecimiento institucional -fundamentalmente dando continuidad a las estructuras funcionariales de las secretarías- propició la aparición de propuestas de políticas e instrumentos de política en prácticamente todas las

áreas del SICA. Muchas de ellas fueron un fiel reflejo

de la debilidad institucional y de la falta de tradición en materia de políticas públicas que la región arrastra secularmente. Con la disminución de los fondos y el reposicionamiento de la cooperación internacional tras la crisis, esta realidad ha terminado por dejar en la cuneta a más de una veintena de iniciativas en sectores como el ambiental, fundamentalmente, y el

social. Con todo, en este trabajo se identifican hasta un total de diecisiete (17) políticas vigentes con cierto

recorrido institucional, si bien algunas de ellas se

encuentran con problemas de financiación y no tienen

asegurada su continuidad.

Para el presente trabajo, el interés en el estudio de este catálogo no está tanto en la determinación de la calidad de las políticas, de su resultado o de su impacto, sino en la información que nos brinda sobre la gobernanza del SICA. Las políticas regionales

suponen la máxima expresión del regionalismo

formal. Durante su proceso de formulación se ponen

2 Protocolo de Tegucigalpa: artículos 3, 4, 15, 18 y 20.

a prueba tanto los mecanismos institucionales que determinan la acción de gobierno como los objetivos y la actitud de los actores involucrados, que operan en este marco y deben ajustarse al mismo. La caracterización de la naturaleza de las políticas y su proceso de formulación representan, por lo tanto, la

máxima expresión de la gobernanza sistémica. En el

primer caso, nos proporciona información acerca de

la eficacia y la idoneidad del diseño institucional del

SICA para formular políticas que permitan alcanzar los objetivos de la integración. En el segundo, nos muestra cómo tiene lugar la acción colectiva que las establece.

a) Caracterización de las políticas regionales del SICA

La caracterización de las políticas regionales del SICA presenta una uniformidad notable y bajos niveles de institucionalización. Su accionamiento estaría todavía más cercano a la cooperación intergubernamental que a las de un proyecto integracionista debidamente institucionalizado, aunque tanto por los objetivos como por las dinámicas que vienen desarrollando instituciones regionales y actores, se aprecian elementos propios de un proceso de integración. No obstante, la cantidad y la calidad de la cooperación que se produce entre los Estados miembros en el

seno del SICA es todavía insuficiente para hablar de la existencia de un verdadero proceso de este tipo.

Las políticas se sitúan dentro de las prioridades sectoriales de la agenda del relanzamiento, con la

excepción de la política cultural. A grandes rasgos,

el análisis estructural de las políticas saca a la luz las

contradicciones existentes entre los objetivos del

SICA y el diseño institucional del que se ha dotado para alcanzarlos. Concretamente, un análisis de conjunto nos lleva a apreciar incoherencias entre las disposiciones contempladas en los tratados fundacionales y el ejercicio pleno de las competencias por parte de las instituciones, en aspectos relativos a la juridicidad, la precisión de los mandatos emitidos y la aplicación práctica de los mismos.

Las carencias que se observan en la identificación y definición de instrumentos políticos, jurídicos e

institucionales, pueden vincularse con la resistencia por parte de los gobiernos a la hora de adquirir compromisos vinculantes en materia de políticas comunes, coloquialmente denominada como falta de voluntad política. Pero también está estrechamente relacionada con la falta de capacidades institucionales de los Estados de la región, con sus problemas de gobernabilidad y con las reticencias entre Estados miembros para cooperar con mayor intensidad entre sí

debido a la persistencia de conflictos y a la desconfianza. En un contexto de este tipo, la inexistencia de la figura de un federador interno o externo, es decir, un Estado

miembro o actor internacional que asuma los costes de la integración, termina por consolidar la regla del mínimo común denominador.

Cuadro nº 2. Caracterización general de las políticas regionales del SICA. Elaboración propia

Política Modalidad Juridicidad Coordinación Financiación Participación Actores

3

4

5

7

6

Libre Comercio Regulativa Media Media Gubernamental Reducida

Facilitación Comercio Complementaria Baja Baja Cooperación Reducida Internacional

Pesca y Acuicultura Regulativa Media Media Cooperación Amplia
2005-15 y 2015-25 Internacional y
gubernamental
Agenda Regional Complementaria Baja Media Cooperación Amplia
Mipyme Internacional y
gubernamental

Política Agraria CA Complementaria Baja Baja Cooperación Media Internacional

Estrategia CA de Complementaria Baja Baja Cooperación Amplia
Desarrollo Rural Internacional
Territorial
Política Marco Complementaria Baja Baja Cooperación Amplia
Regional de Movilidad Internacional
y Logística CA
Estrategia Regional Complementaria Baja Media Cooperación Amplia
de Cambio Climático Internacional y
gubernamental
Estrategia Regional Complementaria Baja Media Cooperación Amplia
Ambiental internacional y
gubernamental
Política Complementaria Baja Baja Cooperación Media
Centroamericana para Internacional
la Gestión Integral de
Riesgos (PCGIR)

Negociación conjunta Complementaria Alta Alta Cooperación Baja medicamentos Internacional

Política de Salud Complementaria Baja Baja Cooperación Baja Internacional

Política Regional de Complementaria Baja Baja Cooperación Media
Igualdad y Equidad de Internacional
Género (PRIEG)

Política Educativa Complementaria Baja Baja Cooperación Media Internacional

Política Cultural Complementaria Baja Baja Cooperación Media Internacional

Estrategia de Complementaria Baja Baja Cooperación Baja Seguridad de CA Internacional

Fuente: Elaboración propia. 3Incluye Régimen Aduanero y Arancelario y Acuerdos sobre circulación de vehículos, transporte aéreo y telecomunicaciones

4Regulativa: Normas y reglamentos regionales de obligado cumplimiento que afectan al conjunto de Estados miembros; Complementaria: acciones de

política regional no vinculante que complementan a las políticas nacionales, por lo general distribuyendo recursos a proyectos y grupos involucrados.

4Alta: Reglamentos vinculantes, competencias compartidas y medidas coercitivas; Media: Reglamentos vinculantes, competencias compartidas sin medidas coercitivas; y Baja: Sin reglamentos ni competencias definidas, o competencias definidas no vinculantes y sin medidas coercitivas.

6Alta: La política es aplicada en todos los países miembros bajo la coordinación, seguimiento y monitoreo conjunto de los órganos regionales y los

órganos gubernamentales nacionales correspondientes; Media: La política es aplicada por la mayoría de los países miembros bajo la coordinación de los órganos regionales con los órganos gubernamentales de los países que la aplican, que se encargan de su seguimiento y monitoreo; Baja: La política es

aplicada sólo por una minoría de países miembros bajo la coordinación de los órganos regionales con los órganos gubernamentales, que se encargan de

su seguimiento y monitoreo, o no está siendo aplicada por ningún país miembro. 7Amplia: Participan actores gubernamentales, grupos de interés y grupos de la sociedad civil; Media: participan actores gubernamentales y grupos de interés; Reducida: participan únicamente actores gubernamentales

t La modalidad de política recurrente es el de complementariedad. De acuerdo a la información suministrada por los funcionarios y técnicos participantes en el proceso de formulación, el objetivo de la mayoría de las políticas es complementar las acciones de política nacional de los Estados miembros distribuyendo recursos procedentes de las aportaciones de la cooperación internacional. No son, por tanto, políticas supranacionales, sino una variedad

sui-generis de cooperación regional. Las excepciones

son las políticas de libre comercio y la de acuicultura y pesca, cuyos objetivos son, respectivamente, la regulación del libre comercio regional y la de una parte del sector acuícola y pesquero dentro del mismo.

De ellas se derivan bajos niveles de juridicidad, en general. La mayoría han sido aprobadas por la Reunión de Presidentes, pero sus disposiciones no cuentan con la aprobación del Comité Ejecutivo, salvo en aquellos casos en los que se elaboraron reglamentos, ni han

contado con la publicidad exigida a toda política

pública8. Son políticas que se caracterizan por no

contar con un marco de competencias definidas

8En este caso, cabe destacar que la Gaceta oficial se inauguró en 2015, es decir, en fecha posterior a la aprobación de la mayoría de las políticas identificadas. No obstante, en el caso de aquellas políticas aprobadas con fecha posterior, no todas han aparecido publicadas en la Gaceta.

ni con reglamentos vinculantes que garanticen su implementación de forma regulada. En el caso de aquellas que sí los contempla, el sistema carece de instrumentos coercitivos que sancionen los incumplimientos. El recurso a la Corte de Justicia

centroamericana tiene una eficacia limitada por el

hecho de que algunos países miembros no forman parte de dicho órgano. Por lo tanto, la falta de

juridicidad merma ostensiblemente la confianza y el

crédito de las instituciones regionales.

Los niveles de coordinación entre las instancias regionales y nacionales son también predominantemente bajos. La coordinación entre las secretarías regionales y los órganos y

agencias nacionales suele ser conflictiva. La propia

coordinación entre los actores sectoriales a nivel nacional es complicada debido a los bajos niveles de institucionalidad y los desequilibrios de recursos, enormes entre los actores de algunos sectores. El rol de los órganos regionales suele ser el de facilitación de las políticas, pero no todos los gobiernos se ven impelidos a su implementación. En ese caso, suele ser

relevante la forma en la que se haya definido la política en las etapas de identificación y diseño, en la medida

en que la formulación de la política haya podido dar respuesta a la conformación de las preferencias de los distintos actores. Los cambios de gobierno, la disputa por los fondos y la conformación de coaliciones de actores nacionales en defensa de sus posiciones de privilegio suelen ser escollos difíciles de superar cuando se carece de instrumentos coercitivos.

En cuanto a la financiación, la práctica totalidad de las políticas se financian con fondos de la cooperación

internacional, quedando su sostenibilidad en el aire

incluso en casos de relativo éxito. Esta situación de dependencia externa resta soberanía al sistema y lo deja en una posición muy vulnerable. Y da lugar

a un escenario de disputa y competencia por la captación de fondos con otros actores regionales,

incluidos los gobiernos nacionales. La inexistencia

de un presupuesto sistémico ilustra en buena medida el compromiso de los Estados miembros con la integración.

Otros problemas identificados que se derivan de la

dependencia de la cooperación son las imposiciones

y solapamiento de agendas por parte del financiador.

En algunos casos, pueden llegar incluso a desvirtuar los objetivos iniciales de la política, aunque lo más

común es que dé lugar a ineficiencias relacionadas

con problemas de alineamiento, apropiación, armonización y sostenibilidad.

Por último, uno de los aspectos más destacados y positivos de la caracterización de las políticas regionales del SICA ha sido la creciente participación por parte de actores no gubernamentales, grupos de interés y representantes de la sociedad civil. Este aspecto se encuentra presente de manera transversal,

salvo en procesos muy específicos vinculados a áreas

estrictamente gubernamentales. Aunque su impacto está todavía lejos de incidir en la gobernanza regional

(Santos, 2013), ilustra la pertinencia de la actuación

regional en materia de políticas públicas ante la evidencia de problemas comunes que carecen de

suficiente respuesta en los niveles nacionales. Es, igualmente, un indicador de la existencia de grupos

de actores con intereses regionales o transnacionales que están decididos a aprovechar la oportunidad de participar en espacios que, en algunos casos, encuentran vedados en el nivel nacional.

b) El proceso de las políticas regionales del SICA

El segundo aspecto a destacar es el relacionado con la acción colectiva que tiene lugar durante el proceso de formulación de las políticas: quien participa, en qué y quién toma las decisiones acerca de la política en cada una de las etapas. El tipo de interacción que tiene lugar entre los distintos actores a lo largo del ciclo de la política es relevante no sólo para conocer

algunos de los factores causales del éxito o fracaso

de la política, sino también para comprender el juego político de la integración y el rol que ocupa en el mismo cada uno de los actores participantes. Desde este enfoque, una revisión sobre las distintas etapas del ciclo de las políticas regionales del SICA nos permite apreciar aspectos sustantivos de la gobernanza de la integración.

En general, la información que hemos venido

recopilando en los últimos años refleja, en buena

medida, bajos niveles de desempeño y falta de

experiencia de las distintas instituciones de la región

en el manejo de este tipo de procesos. Tanto a nivel político como técnico se evidencian debilidades en las capacidades para el trabajo en materia de políticas públicas, que pueden relacionarse con el

magro desempeño de los Estados miembros en este

mismo aspecto. El déficit en la cantidad y calidad

de sus políticas públicas es una característica ya conocida de la mayoría de estados centroamericanos

(Martínez Franzoni, 2014). Sin embargo, la aparición

de iniciativas de política pública en el nivel regional podría estar contribuyendo a la transformación de este escenario habitual. La oferta de soluciones políticas y públicas desde espacios alternativos a los estatales ha despertado el interés de aquellos actores transnacionales que hasta ahora tenían que valerse por sus propios medios. Sin duda, la generalización de la apertura a la participación de los grupos no gubernamentales supone una innovación determinante, que se une al liderazgo político y las aportaciones técnicas de los órganos regionales, muy visible cuando éstos han sido fortalecidos mediante la continuidad y dotación de recursos. La presencia de estos grupos, profusa en muchos casos, ha dotado de sentido a las políticas regionales, siendo un factor de

éxito en políticas como la de pesca y acuicultura o en

la agenda regional de las mipyme. Su impacto sobre la gobernanza de las políticas ha sido importante porque

ha puesto de manifiesto aspectos que ya venían

siendo sugeridos por la teoría, como el protagonismo de las instituciones regionales, la complejidad de los procesos debido a su fragmentación o la pérdida de control por parte de los órganos rectores.

El liderazgo de las instituciones y agencias regionales es otro factor de cambio, aunque no en todos los casos. Pese a las reticencias y la falta de compromiso de los gobiernos, han mostrado que en aquellos sectores donde la problemática es capaz de concitar consensos, es posible cooperar a pesar de la ausencia de un gobierno regional que haga cumplir los acuerdos.

Bajo este liderazgo regional, existen grupos de interés

y una sociedad civil que parecen estar dispuestos a ofrecer su apoyo y lealtad a cambio de soluciones que no son ofrecidas por sus gobiernos correspondientes. No obstante, es necesario reiterar que se trata de un proceso aún por construir en el que los Estados miembros deben involucrarse mucho más.

Cuadro nº 3. Participación actores en el ciclo de las políticas

regionales del SICA.

Facilitación COMIECO, COMIECO, SIECA, Parcialmente asumida por los SIECA, BID Comercio SIECA, BID BID-USAID gobiernos, SIECA, BID

Pesca y CM Pesca, OSPESCA, GANP, Gubernamental OSPESCA Comité Ejecutivo
Acuicultura OSPESCA, CONFEPESCA, OSPESCA, Grupos
2005-15 y 2015CONFEPESCA, OECAP, Comisión de Trabajo
25 OECAP Directores nacionales
Agenda Regional CENPROMYPE, CENPROMYPE, CENPROMYPE, parcialmente CENPROMYPE,
Mipyme Consejo Consejo MIPYME, asumida por los gobiernos Consejo MIPYME
MIPYME, Gremiales, CCSICA,
gremiales Cooperación
Internacional
Política Agraria CM Agricultura, SCAC, RUTA, IICA, SCAC, escasamente asumida por SCAC, RUTA
CA SCAC BCIE, FAO, OIRSA, los gobiernos
SICTA, SIECA, ETEA,
Cooperación
Internacional,
Ministerios Nacionales
Estrategia CA de CM CAC, SCAC SCAC, RUTA, IICA, SCAC, parcialmente asumida por SCAC
Desarrollo Rural FAO, CCSICA, PRAT algunos gobiernos
Territorial
Política Marco COMITRAN, COMITRAN, Sin información Sin información
Regional de SIECA COCATRAN,
Movilidad y COCESNA,
Logística CA CODITRAN,
COCAVIAL, Comisión
Regional Logística y
Movilidad, Directores
Planificación, GTR

Estrategia CCAD, SECCAD CCAD, SECCAD, Regional, escasamente asumida por Sin información Regi l d CEPREDENAC, l bi

g CCAD, S CCAD, D, Regi , po
Regional de CEPREDENAC, los gobiernos
Cambio SECOMISCA, SIECA,
Climático CRRH, CCSICA,
Cooperación
Internacional
Estrategia Gobiernos, CCAD, SECCAD, Regional, escasamente asumida por Sin Información
Regional CCAD, SECCAD Sector Privado, los gobiernos
Ambiental CCSICA, Cooperación
internacional
Política Centroamericana para la GestiIntegral de Riesgos (PCGIR) ón CEPREDENAC CCAD, CEPREDENAC, SIECA, Consultivo Regional SISCA, Foro Regional, Sin información Sin información
Negociación COMISCA, COMISCA, Regional, Asumida por los gobiernos SECOMISCA, CTR,
conjunta SECOMISCA, SECOMISCA, CTR, FEDEFARMA, FES,
medicamentos STR Gobiernos, CCSICA, gobiernos
PARLACEN nacionales
Política de Salud COMISCA, SECOMISCA, CEIP, Regional, Escasamente asumida por Sin información
SECOMISCA CTR gubernamental, los gobiernos
OPS
Política Regional COMMCA, STCOMMCA, Redes, Regional, Escasamente asumida por CTS, STCOMMCA
de Igualdad y STCOMMCA SGSICA, CCSICA, los gobiernos
Equidad de Cooperación
Género (PRIEG) Internacional

Política CM Educación, CECC, STCECC, Regional, Escasamente asumida por Sin información Educativa CECC, STCECC Consulta sectorial los gobiernos

Política Cultural CM Cultura, CECC, STCECC Regional, Escasamente asumida por Sin información CECC, STCECC los gobiernos

Estrategia de Comisión de Comisión Seguridad, Regional, Sin información Seguridad de CA Seguridad Dirección de Seguridad,

Parcialmente asumida por los SGSICA, Gobiernos CA, gobiernos, Cooperación Dirección de Internacional (UE, España, Seguridad Alemania, BID, EEUU, México) SGSICA,

Fuente: Elaboración propia

Por ejemplo, la identificación de las políticas es

claramente una iniciativa de los órganos regionales, de los consejos de ministros y sus secretarías sectoriales, no quedando claro si la política responde a una demanda de los grupos de interés sectoriales

o a la justificación de la acción regional para

acceder a fondos de la cooperación que permitan

su sostenibilidad. El flujo top-down es habitual, por

otra parte, en este tipo de estructuras regionales; la

cultura política y la desconfianza sobre la potencial

pérdida de control sobre la política que supone la apertura a la participación de grupos de interés juega un papel importante. Pero no tiene por qué suponer un problema en la gobernanza de los procesos. En teoría, los consejos de ministros están acreditados como conocedores de la problemática de su sector y de la coyuntura política y administrativa para estimar la oportunidad sobre la puesta en práctica de una política. No obstante, el consenso en el nivel regional sobre la necesidad y puesta en práctica de una política no se corresponde, en la mayoría de las ocasiones, con la asunción de dicha política cuando llega el momento de implementarla a nivel nacional. Pese a que los acuerdos de los consejos de ministros son de obligado cumplimiento, llegado el momento de implementar la política, no suelen ser asumidos por los órganos gubernamentales. De ahí que el liderazgo de los consejos de ministros

genere dudas si en la identificación de la política no

se cuenta con la participación y la complicidad de los

órganos gubernamentales. Cuando la identificación

ha contado con la participación plural de los distintos grupos, gubernamentales y no gubernamentales, de interés y de la sociedad civil, la política ha sido más sólida y, por lo general, ha salido adelante contando con el apoyo de la cooperación y con la asunción por parte de los gobiernos.

Donde esta participación plural se ha visto materializada ha sido en la fase de diseño de las políticas. Estos espacios han sido muy productivos para la creación y consolidación de redes regionales, tanto entre actores gubernamentales como no gubernamentales. Iniciativas de políticas como las de facilitación del comercio, pesca y acuicultura, agenda mipyme, PRIEG o la negociación conjunta de medicamentos han permitido mayor interacción,

comunicación y fluidez entre los actores. En algunos

casos, estas redes han ejercido de grupos de presión para el cambio de actitud de los gobiernos en

políticas como la integración aduanera (Guatemala, Honduras y El Salvador) o la negociación conjunta

de medicamentos. En estos casos, las instituciones

regionales han salido claramente beneficiadas, al ser

vistas como espacios funcionales donde se pueden resolver problemas.

En todo caso, no parece que los gobiernos tengan

motivos para preocuparse por la existencia de un

trasvase de autoridad y lealtades entre los estados nacionales y las instituciones regionales. La principal razón es que, incluso en aquellos procesos más

exitosos, la mayoría de las políticas definidas en los

espacios regionales no están siendo asumidas por los ministerios, órganos y agencias gubernamentales. En la mayoría de los casos, son políticas que aspiran ser transferidas a las instituciones gubernamentales, pero que quedan supeditadas a un trabajo de coordinación con escasos resultados que se realiza desde las secretarías sectoriales del SICA. En algunos casos, como por ejemplo las políticas relacionadas con el sector ambiental, se puede observar cómo los contenidos

de estas políticas están ejerciendo influencia sobre las

políticas nacionales, en un proceso típico de difusión de políticas, pero no terminan de ser asumidas. Pero el liderazgo de las instituciones regionales en la etapa de implementación de las políticas es un espejismo. Merece la pena subrayar que las políticas regionales son instrumentos para ser implementados por las instancias nacionales. Las instituciones regionales no cuentan ni con la legitimidad ni con las competencias para emprender esta labor.

Las causas que explican esta situación son varias, la mayoría de los cuales ya han sido expuestos en

este trabajo. Por sintetizar, se han referido ya las

deficiencias del diseño institucional del SICA, que no favorece la definición de instrumentos jurídico-

normativos de carácter vinculante. Más arriba se señalaba también la falta de capacidades en materia de política pública y una cultura política imbuida de nacionalismo y celo por una supuesta soberanía que,

en realidad, oculta una dependencia externa que dura ya cerca de dos siglos. Se han identificado los riesgos

por la pérdida de control sobre las políticas que suponían la asunción de una política protagonizada por actores no gubernamentales, ya sean instituciones regionales o redes y grupos de interés; y la ausencia de un actor hegemónico que asuma los costes y

externalidades de la integración. Pero aún habría que

añadir algunos factores más, como la falta de recursos

para la financiación de las políticas públicas por parte

de los Estados, un tema que termina generando cierta tensión entre los gobiernos y el SICA por la pugna de los fondos de la cooperación internacional; o la pervivencia de intereses y preferencias nacionales en algunos sectores contrarios al desarrollo del mercado regional y sus procesos de ajuste que cuentan con alianzas y estrechos lazos con los gobiernos.

Por último, teniendo en cuenta el bajo nivel de implementación que sufren las políticas, los procesos de evaluación son meramente testimoniales. Sin embargo, en aspectos como la rendición de cuentas queda aún mucho camino por recorrer. En este sentido, los espacios de representación ciudadana y de la sociedad civil, como el PARLACEN y el CCSICA, no han ejercido el rol de seguimiento y monitoreo de los procesos que hubiera sido deseable. Su papel en la gobernanza de la integración está más cerca del de legitimación que de la contestación.

4. Conclusiones

En este trabajo se ha analizado la gobernanza de la integración centroamericana desde enfoques teóricos y empíricos. Desde la teoría, se ha recogido la evolución de la visión de la gobernanza regional desde las teorías de la integración, que optan por la diferenciación entre cooperación e integración, y las teorías del nuevo regionalismo, que ponen el énfasis entre regionalismo formal y regionalización informal.

Se subraya la necesidad de establecer diferenciaciones entre una gobernanza regional basada en la cooperación y otra en la integración, puesto que representan formas distintas de regionalismo con resultados distintos. Sin embargo, los argumentos que se ofrecen sugieren que ambos términos no son incompatibles, pudiendo convivir en un mismo marco institucional.

En un marco de gobernanza regional en el que la región es vista como construcción colectiva, la participación de los actores gubernamentales y no gubernamentales

pueden definir en qué ámbitos tiene lugar un

regionalismo de mayor calidad y de mayor cantidad.

Ahora bien, en aquellos sectores donde los beneficios

comunes aconsejen mayor calidad y cantidad de regionalismo, se requieren instituciones regionales formales a las que se delegue soberanía mediante competencias vinculantes y otros instrumentos de política pública respaldadas por el compromiso de los Estados. La cooperación intergubernamental

no vinculante es insuficiente para propiciar una

comunidad regional. No es posible resolver problemas comunes sin políticas comunes que puedan llegar a ser efectivas. El diseño institucional y la construcción de una estructura política regional debe tener capacidad para implementar políticas regionales. De lo contrario, el descrédito y la deslegitimación pública pueden llevarlas al fracaso.

Esta formulación teórica se ha contrastado empíricamente mediante el análisis del diseño institucional del SICA y el proceso de formulación de políticas regionales que tiene lugar en su seno. En síntesis, el diseño institucional del SICA presenta una serie de debilidades estructurales que debilitan los procesos de gobernanza.

Se trata de un escenario claramente favorable a la acción de los actores gubernamentales, sin delegación

de poderes a órganos de naturaleza exclusivamente

regional o comunitaria que tengan como prioridad la defensa de estos intereses. Este modelo facilita la gobernabilidad de los procesos, supeditándola

exclusivamente al acuerdo diplomático en la Reunión de Presidentes. Pero, a cambio, dificulta la modificación

del statu quo y desincentiva la gobernanza regional.

Los intereses regionales quedan supeditados a los nacionales, dejando un escenario escasamente

idóneo para la construcción de confianza entre los

Estados miembros en el que prevalecen las dinámicas de mínimo común denominador. La ausencia de algunos Estados en órganos clave del Sistema y la

inexistencia de un presupuesto que financie y sostenga

las actividades de las instituciones comunes resulta ilustrativo del compromiso de los Estados miembros con el proceso.

Por su parte, la concentración de poder, la falta de

compromiso y de recursos tienden a hacer ineficaces

los procesos, que se ven obstaculizados por la saturación, la falta de capacidades y la tendencia al incumplimiento de los mandatos. El control

intergubernamental y la inexistencia de contrapesos

de poder sobre el Sistema abre el camino a la arbitrariedad, la falta de transparencia y de rendición de cuentas puede, por su parte, desincentivar la participación de los actores no gubernamentales, al no

encontrar espacios de comunicación donde expresar

sus intereses regionales.

Todo ello se refleja en los procesos de gobernanza

que tienen lugar dentro del sistema, siendo el de formulación de políticas uno de los más representativos. El catálogo de políticas es amplio y profuso desde hace al menos una década. Su propia

existencia debe ser vista como un importante avance

de la integración y una importante aportación de las instituciones y de los funcionarios regionales.

No obstante, las políticas sectoriales del SICA se caracterizan por su bajo nivel de institucionalización,

implementación y de impacto, aunque existen algunos casos de éxito. Pero carecen de los instrumentos

jurídicos y políticos necesarios. En la mayoría de los casos no cuentan con competencias ni compromisos vinculantes; sus capacidades son muy limitadas y

deben ser financiadas casi exclusivamente por la

cooperación internacional, lo que convierte al sistema en un órgano dependiente, logrando con ello el efecto justamente contrario a los objetivos de la integración.

La modalidad de política recurrente es el de complementariedad bajo mecanismos de transferencia, pero sus niveles de coordinación con los gobiernos son muy mejorables. El ciclo de la política está protagonizado por los órganos y actores regionales, con implicación desigual por parte de los gobiernos. Lo más destacado en este proceso ha sido la creciente incorporación de los grupos de interés y otros actores no gubernamentales, que corroboran la pertinencia de la puesta en práctica de las políticas.

En definitiva, lo que nos muestra el análisis de la

gobernanza del proceso de formulación de las políticas

públicas en el marco del SICA es la inexistencia de una

metodología para operar con las políticas regionales. O, lo que es lo mismo, la falta de una metodología integracionista, si tenemos en cuenta el papel central que juegan las políticas en el proceso de integración. Prácticamente, todo el proceso se ve lastrado por falencias metodológicas y normativas: falta de

precisión conceptual (política, estrategia, agenda, plan de acción, etc.), de definición de competencias,

de formulación de los principios de accionamiento, de articulación de los procesos, de claridad sobre

normas vinculantes-no vinculantes, de financiación,

de solapamiento de atribuciones, de reglas claras de participación, etc. El catálogo de debilidades es, ciertamente, amplio, mientras que apenas se aprecian fortalezas.

En un escenario tan contingente como este, la eficacia de los procesos de política son la excepción y no la

norma. Sin embargo, las manifestaciones que tienen lugar a lo largo del proceso no son más que reacciones al diseño institucional del modelo de integración que se ha promovido. A tenor de lo observado en este estudio, no es tanto un problema de gobernanza sino de modelo. Las dinámicas de regionalización demandan instrumentos de política y mecanismos jurídicos y administrativo que el sistema no es capaz de proveer. Las reformas que no se centren en la superación de estos condicionantes probablemente se encontrarán con el mismo problema. Cuestión aparte es que las

capacidades y la confianza en el cumplimiento de los

compromisos por parte de los Estados socios permita llevar a una reforma institucional de tal calado.

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